REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO
ASUNTO No UP11-L-2005-000458

En el día de hoy, Viernes Nueve (09) de junio de dos mil seis (2006), siendo las diez (10:00 a.m.) de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la PROLONGACION de la audiencia oral y pública con motivo de la pretensión de COBRO DE HORAS EXTRAS Y BONO NOCTURNO interpuesta por el ciudadano EDIS ANTONIO SAEZ YEPEZ contra GAS CHIARINI, C.A. Anunciado como fuera el acto a las puertas del Tribunal, se encuentra presente la parte actora a través del Ciudadano EDIS ANTONIO SAEZ YEPEZ, Titular de la Cédula de Identidad N° 4.449.539; asistido por la Abogado ADA ISABEL CONDE, inscrita en el Inpreaboagado bajo el N° 92.353, en su condición de Procurador Especial de Trabajadores de este Estado. Asimismo, se deja constancia de que la parte demandada se encuentra presente a través de sus apoderados judiciales Abogados LUIS EDUARDO DOMINGUEZ Y KAREM RIVADA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 20.918 y 109.497 respectivamente. Seguidamente se declara constituido el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con la presencia de la ciudadana Juez Abogado OLGA NUÑEZ DE MEZA, la ciudadana secretaria temporal Abogado ZORAN GARCIA DIAZ y el ciudadano Alguacil JOSE GONZALEZ, por lo que se da inicio a la presente audiencia.

Seguidamente, concedió el derecho de palabra a la parte actora, a través de la Procuradora Especial de Trabajadores, Abogado ADA ISABEL CONDE, ya identificada, quien expuso los fundamentos de la pretensión del actor.
Tomó la palabra la parte demandada a través de su apoderado judicial Abogado LUIS EDUARDO DOMINGUEZ, ya identificado, quien expuso alegatos y demás defensas.

Las partes hicieron uso de su derecho a réplica y contrarréplica.

Finalmente, se procedió a la evacuación de las pruebas aportadas al proceso por las partes:



Por la parte DEMANDANTE:
Prueba Documental:

1. ACTA de fecha 22-11-2005 (f. 5)
Observación por la parte DEMANDADA: Se trata de un acta en que lo que se destaca es la incomparecencia de su representado al acto de conciliación, pero que no surte consecuencias jurídicas por ello.

2. RECIBOS DE PAGO (f. 25-28)
Observación por la parte DEMANDADA: NO FORMULO OBSERVACION.

3. CONSTANCIA DE PAGO de intereses sobre Prestaciones Sociales (f.29)
Observación por la parte DEMANDADA: Formuló su rechazo a la documental por no guardar relación con lo debatido

Por la parte DEMANDADA:
Prueba Documental:
1. RECIBOS DE PAGO (f. 31-242)
Observación por la parte DEMANDANTE: NO FORMULO OBSERVACION.



La Juez formuló a las partes las preguntas necesarias para aclarar los puntos dudosos u obscuros.

Se deja constancia de que la audiencia fue reproducida en forma audiovisual, de conformidad con lo establecido en el artículo 162 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

En este estado este Tribunal pasa a reservarse el lapso de 60 minutos para dictar el dispositivo de la sentencia correspondiente.

Vencido dicho lapso la Juez procedió a dictar el dispositivo del fallo, el cual es del siguiente tenor: En virtud de las razones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIAMENTE CON LUGAR la pretensión de COBRO DE HORAS EXTRAS Y BONO NOCTURNO interpuesta por el ciudadano EDIS ANTONIO SAEZ YEPEZ contra GAS CHIARINI, C.A. SEGUNDO: SE CONDENA a la empresa demandada: GAS CHIARINI, C.A al pago de los conceptos y cantidades que se indiquen en el texto íntegro de la sentencia. TERCERO: NO HAY EXPRESA CONDENATORIA EN COSTAS a la demandada por no haber resultado totalmente vencida. CUARTO: Este Tribunal se reserva el lapso establecido en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para la publicación del texto íntegro de la sentencia.

La Juez de Juicio;

Abg. OLGA NUÑEZ DE MEZA

Por la parte demandante

EDIS ANTONIO SAEZ YEPEZ Abg. ADA ISABEL CONDE

Por la parte demandada

Abg. LUIS EDUARDO DOMINGUEZ

Abg. KAREM RIVADA
La Secretaria Temporal;

Abg. ZORAN GARCIA DIAZ

El Alguacil;

JOSE GONZALEZ