REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 16 de marzo de 2006.
Año 195º y 147º

Vista la solicitud presentada por la ciudadana Luz Marina Arévalo de Campo, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.315.671, domiciliada en carrera 14 con calle 9 casa Nº 8-93, Yaritagua, estado Yaracuy, representante legal de la niña IDENTIDAD OMITIDA, de once (11) años de edad, asistida por la abogada María de los Ángeles Bermúdez, Defensora Pública Tercera, adscrita a la Defensa Pública de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, y con competencia en Materia de Protección del Niño y Adolescente. Vista las fotocopias de las cédulas de identidad de la niña de autos y de la ciudadana Luz Marina Arévalo de Campo, que rielan al folio 3 del expediente.
Visto el documento Constitutivo del Centro Comercial denominado El Imperio de Campo C.A, que riela a los folios 4 al 10 del presente expediente. Copia de la Planilla de Liquidación, que riela al folio 11.
Al folio 14 del expediente, cursa auto mediante el cual se acordó darle entrada a la solicitud, quedando anotado bajo el Nº 1282/06 del libro de causas civiles.
Al folio 15 del expediente, cursa auto mediante la cual se admite la presente solicitud, se notifico a la Fiscal del Ministerio Público del estado Yaracuy.
Al folio 17 del expediente riela, Boleta de Notificación debidamente firmada en fecha 6-3-2006, por la Fiscal Séptimo del Ministerio Público de este Estado y agregada en autos el 9-3-06, esta sala de Juicio administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA otorgar Autorización a la ciudadana Luz Marina Arévalo de Campo, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.315.671, para que en nombre y representación de su hija, la niña IDENTIDAD OMITIDA, de once (11) años de edad, proceda a Ampliar el Capital a Cien Millones de Bolívares (Bs.100.000.000,oo) y la ampliación de los Objetivos de la Compañía denominada Centro Comercial El Imperio de Campo C.A, la cual se encuentra registrada en el Registro Mercantil del estado Yaracuy, bajo el tomo 246-A, número 38.
Devuélvanse los recaudos presentados en original y déjense copias certificadas en su lugar.
Expídase por secretaría copia certificada de la presente autorización para que surtan sus efectos legales. Certifíquese copia.

En San Felipe a los dieciséis (16) días del mes de Marzo de 2006. Años 195° de la Independencia y 146º de la Federación.

La Juez,

Abg. Emir J. Morr Núñez

La Secretaria,

Abg. Pilar Valverde

En esta misma fecha se cumplió lo ordenado.

La Secretaria,

Abg. Pilar Valverde.


Sol. Nº 1282-06
Mdr.-