REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 7 de marzo de 2006
Años: 195º y 147º
Vista la solicitud presentada por la ciudadana Yelitza Orozco, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.112.703, domiciliada en la urbanización Juan José de Maya, manzana A, calle 7, casa N° 6, municipio San Felipe, estado Yaracuy, representante legal de las adolescentes IDENTIDAD OMITIDA, de 16 y 14 años de edad respectivamente, debidamente asistidas por la abogada María de los Ángeles Bermúdez, Defensora Pública Tercera de este estado, mediante la cual solicitan se les conceda Autorización Judicial a la referida ciudadana, para proceder a cobrar la suma de dinero que le corresponda a sus antes mencionadas, dejado con la ocasión del fallecimiento de su madre ciudadana Digna Basilicia Ollarves Romero, quien se identificada con la cédula de identidad N° V-10.857.268, asimismo solicitan se les autorice realizar todos los tramites correspondientes por ante la Fundación del Niño del estado Yaracuy, para cobrar la parte que le corresponda a las referidas adolescentes, por concepto de: Prestaciones Sociales, vacaciones, y cualquier otro beneficio que pudiera corresponderles por el fallecimiento de su madre. En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA: Conceder AUTORIZACIÓN JUDICIAL a la ciudadana Yelitza Orozco, plenamente identificada, para que proceda a cobrar la suma de dinero que le corresponda, dejado con la ocasión del fallecimiento de su madre ciudadana Digna Basilicia Ollarves Romero, asimismo se les autoriza realizar todos los tramites correspondientes por ante la Fundación del Niño del estado Yaracuy, para cobrar la parte que le corresponda a las referidas adolescentes, por concepto de: Prestaciones Sociales, vacaciones, y cualquier otro beneficio que pudiera corresponderles. Tráigase a los autos Cheque de Gerencia por las cantidades de dinero que les pueda corresponder a los mencionados menores, a nombre de este tribunal a los fines de aperturar la Cuenta de Ahorros correspondiente en una Entidad Bancaria de la localidad.
Expídase por secretaria copia certificada de la presente autorización para que surta sus efectos legales. Certifíquese copia.
La Juez,
Abg. Emir Morr Núñez
La Secretaria,
Abg. Pilar Valverde.
Exp. Solicitud. N° 1280/06
EMN/pv/kap.-
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