REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO YUARCUY
Tribunal Penal de Control de San Felipe
San Felipe, 25 de Marzo de 2006
195º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2006-000808
ASUNTO : UP01-P-2006-000808
Visto el escrito presentado por el Abog. MIGUEL ANGEL GOMEZ TORRES en su carácter de Fiscal Segundo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, mediante el cual solicita ORDEN DE INCAUTACION DEL LIBRO DE ACTOS DE ASAMBLEAS, correspondiente al año 2004, llevados por la Empresa Campesina Santa Lucia de la Parroquia Bruzual del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; por cuanto es necesario para la investigación signada con el N°22F2-0151-6, este Tribunal observa:
De conformidad a lo establecido en el Artículo 218 del Código Orgánico Procesal Penal, el Ministerio Público con autorización del Juez de Control, podrá incautar la correspondencia u otros documentos que se presuman emanados del autor del hecho punible o dirigidos por él y que puedan guardar relación con los hechos investigados.
En la presente solicitud, el representante fiscal indica que requiere la incautación del Libro de ACTOS DE ASAMBLEAS, correspondiente al año 2004, llevados por la Empresa Campesina Santa Lucia de la Parroquia Bruzual del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; por cuanto es necesario para la investigación signada con el N°22F2-0151-6, llevada por esa Representación Fiscal por los delitos APROVECHAMIENTO FRAUDULENTO DE FONDOS PÚBLICOS, FALSA ATESTACIÓN ANTE FUNCIONARIO PÚBLICO Y USO DE ACTOS FALSOS, ya que en fecha 26-04-2004 fue forjada un Acta de Asamblea Extraordinaria, con la cual dicha Empresa logro un crédito por 349.997.999 y que se presume dicho forjamiento por cuanto aparecen firmando para la fecha personas ya fallecidas con anterioridad
En vista de lo anterior, es procedente acordar lo solicitado, Por lo expuesto, este Tribunal de Control N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Autoriza al Fiscal Segundo del Ministerio Público para Incautar DEL LIBRO DE ACTOS DE ASAMBLEAS, correspondiente al año 2004, llevados por la Empresa Campesina Santa Lucia de la Parroquia Bruzual del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, de conformidad a lo establecido en el Artículo 218 del Código Orgánico Procesal Penal. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.
La Juez de Control N° 4
La Secretaria
Abog. Esmeralda López Guzmán
Abog. Alicia Olivares
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