REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de San Felipe
San Felipe, 13 de Marzo de 2006
195º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2005-002171
ASUNTO : UP01-P-2005-002171


En virtud de haberse recibido oficio N°CR4-D45-0431, emanado del Destacamento 45, suscrita por el Teniente Coronel (GN) Graciano Alberto Rodríguez Sanchez, éste Tribunal de Control N° 6 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, ORDENA, RATIFICAR oficio de fecha 25 de Enero de 2005, señalándole que en la medida de protección Acordada a favor del Ciudadano JOSE GONZALO PINTO PINTO y a su grupo familiar C.I. 3.912.915 residenciado en el Caserío Las Peñas de Taría, después del Caserío La Fragua (a 600 metros de la cancha) Municipio Veroes, Estado Yaracuy y trabaja en Asentamiento Carbonero, Sector La Arenosa, Finca sin nombre, Carreteras Las Peñas, Municipio Veroes, consiste rondas sucesivas por los alrededores de su residencia ,por un lapso de 90 días prorrogables, Debiendo realizarse rondas sucesivas ( no eventuales) por los alrededores de su residencia, ya que la protección de las víctimas es un Derecho consagrado en el artículo 118 del Código Orgánico Procesal Penal. RATIFIQUESE OFICIO. Cúmplase.

El Juez
Abg. Darío Suárez Jiménez

La Secretaria
Abg. Andremar Sequera