REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución de San Felipe
San Felipe, 7 de Marzo de 2006
195º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2003-000268
ASUNTO : UP01-P-2003-000268

Ejecútese la sentencia definitivamente firme dictada por el Juzgado de Juicio N° 2 de este Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, en fecha 17 de Enero del 2006, mediante el procedimiento por admisión de hechos el cual condenó a los ciudadanos: Miguel Angel Díaz Ramírez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número: 15.610.429, Adonis Raul Cárdenas Peralta, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número: 16.763.838 e Ingrid del Valle Solano Marín, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número: 12.060.038, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal.
En vista de lo anterior, este Tribunal de Ejecución N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 482 Código Orgánico Procesal Penal, procede a practicar cómputo de la pena:
Consta en autos que los penados fueron detenido en fecha 02-04-2003 hasta la presente fecha, por lo que se le descontará de la pena a cumplir, de conformidad al Artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal, DOS (2) AÑOS ONCE (11) MESES Y CINCO (5) DIAS detenidos, faltándole por cumplir a los penados de la pena impuesta UN (1) AÑO VEINTE Y CINCO (25) DIAS, finalizando su condena en fecha 02-04-2007.
En consecuencia podrá hacer uso de las fórmulas alternativas de cumplimiento de pena a partir de las siguientes fechas: Destacamento de Trabajo: 02-04-2004, Régimen Abierto: 02-08-2004, Libertad Condicional: 02-12-2005 y Confinamiento: 02-04-2006, igualmente se le redima la pena por el trabajo o estudio una vez cumplida la mitad de la pena, de acuerdo a las disposiciones previstas en la ley de Redención de la Pena por el Trabajo y el Estudio y el Código Orgánico Procesal penal.
Notifíquese la presente resolución a los penados, al Ministerio Público y al Defensor Público, en la Audiencia celebrada el día de hoy. Cúmplase.



Abg. Jenny Andaluz Affigne
Juez de Ejecución N° 2
Abg. Jhuly Troconis
La Secretaria