ASUNTO PRINCIPAL : UP01-D-2004-000210
ASUNTO : UP01-D-2004-000210
JUEZA: Abg. María Corona
DEFENSORIA: Defensor Primero Sección Adolescentes
FISCALIA Fiscal Noveno Encargado del Ministerio Público
ACUSADO: Juan Carlos Rodríguez Martínez
VICTIMA: Greicy Yaniret Yépez
DELITO: Lesiones Personales Leves
SECRETARIA: Abg. Douglas Fuente


Visto que en fecha 02 de Marzo de 2.006, se dictaron los fundamentos de hecho y derecho de la Sentencia de ADMISIÓN DE LOS HECHOS, previsto en el articulo 583 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, quedando la misma Definitivamente Firme en fecha 21-03-06, dictada por el Tribunal de Control N° 1 de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, mediante la cual declaró responsable penalmente al adolescente Juan Carlos Rodríguez Martínez, venezolano, de 17 años, titular de la cédula de identidad N° 24.943.265, residenciado en el sector tapa La lucha, vereda 07, casa N° 9 , Yaritagua, Municipio Peña del Estado Yaracuy, por el delito de Lesiones Personales Leves, previstos en el artículo 416 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana Greicy Yaniret Yépez.

CAPITULO I
DE LA SANCION

En la Sentencia a Ejecutar se impuso al adolescente Juan Carlos Rodríguez Martínez como sanción: 1.- REGLAS DE CONDUCTA, por el lapso de Un (1) año, prevista en el articulo 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del



Adolescente, las cuales son del siguiente tenor: 1.- La prohibición de concurrir a lugares donde expendan bebidas alcohólicas u otras sustancias estupefacientes. 2.- Se le prohíbe acercarse a la víctima o a sus familiares. 3.- Incorporarse al sistema educativo formal.

CAPITULO II
DE LA EJECUTORIEDAD

Este Juzgado de Ejecución de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente de la Circunscripción del Estado Yaracuy, a los fines dar cumplimiento con lo establecido en los artículos 646 y 647 de la antes mencionada Ley Especial que rige la materia que nos ocupa procede a la Ejecución Inmediata de la Sanción de: 1.- REGLAS DE CONDUCTA, impuesta al adolescente Juan Carlos Rodríguez Martínez, así como determinar el tiempo y forma de las sanción, se les indica a todas las partes el objetivo de la ejecución de la medida, de conformidad con el articulo 629 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, de igual manera se le especifican al adolescente sobre sus derechos y advierte sobre las consecuencias del no cumplimiento con sus deberes, de conformidad con los artículos 630, 643 ejusdem., así como se procede a la designación de los funcionarios que se encargaran del seguimiento del cumplimiento de la correspondiente sanción.

DISPOSITIVA

Por lo anteriormente expuesto y en base a la normativa señalada, este Tribunal de Ejecución de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente de la Circunscripción del Estado Yaracuy, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. Procede a EJECUTAR LA SENTENCIA, de ADMISIÓN DE LOS HECHOS por parte del adolescente Juan Carlos Rodríguez Martínez, antes identificado, en los siguientes términos. PRIMERO: El cumplimiento de la Sanción de REGLAS DE CONDUCTA, las cuales son del tenor antes especificado, por el lapso de Un (1) año, de conformidad con los artículos 624 y 622



parágrafo Primero de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. SEGUNDO: Se designa al Equipo Técnico, adscrito a esta Sección Penal de Responsabilidad de Adolescentes del Estado Yaracuy, para que se encargue de la Supervisión, Asistencia y Orientación de la Sanción impuesta por el Tribunal de Control N° 1 de esta misma Sección de Adolescentes, en fecha 23-02-06. TERCERO.- Se fija Audiencia privada de Ejecución de Sentencia, para el día 27-04-06, a las 3:30 horas de la tarde.

Publíquese, diaricese y Notifíquese a todas las partes y al Equipo Técnico Adscrito a esta Sección de Adolescentes. Líbrense las boletas y Oficio correspondiente. En el Tribunal de Ejecución de la Sección Penal de Responsabilidad de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy. San Felipe 30 de Marzo del año 2.006.

La Jueza,

Abg. María Corona
La Secretaria,

Abg. Douglas Fuente