REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy
195º y 147º

ACTA DE MEDIACIÓN Y CONCILIACIÓN

Nº DE EXPEDIENTE: UP11-L-2006-000024-
PARTE DEMANDANTE: ALEXI ISMAEL CORDERO LÓPEZ
ASISTIDO POR: Abg. ADA ISABEL CONDE
PARTE DEMANDADA: RAFAEL MALUFF GONZÁLEZ
REPRESENTADO POR: Abg. MANUEL VICENTE NAVAS PIETRI
MOTIVO COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En la ciudad de San Felipe, Estado Yaracuy, a los Nueve (09) días del mes de Marzo de 2006, siendo las 11:00 AM., de la mañana, oportunidad fijada para la Celebración de la Audiencia Preliminar Prolongada y continuación del proceso de Mediación y Conciliación por ante este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con motivo de la Demanda por Cobro de Prestaciones Sociales, incoada por el ciudadano: ALEXI ISMAEL CORDERO LÓPEZ, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº 19.817.851, de este domicilio, asistido en este acto por la Abogada: ADA ISABEL CONDE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.229.514, e inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 92.353, de éste domicilio, actuando con su carácter de Procuradora Especial de Trabajadores del Estado Yaracuy, CONTRA: el ciudadano: RAFAEL MALUFF GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 5.464.574, de este domicilio, en su carácter de Parte Demandada, representado en éste acto por su Apoderado Judicial Abogado en ejercicio: MANUEL VICENTE NAVAS PIETRI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.261.070, e inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 11.563, de este domicilio, actuando con su carácter acreditado en autos. Presentes en este acto ambas partes, y establecidas las reglas mínimas a seguir para el desarrollo de la Audiencia, seguidamente se da inicio a la AUDIENCIA PRELIMINAR, presidida por la Abogada ARLEC VERONICA LUCENA HERNÁNDEZ, Juez Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, quién expone brevemente la finalidad de este Acto Procesal y propone las reglas mínimas que regirán el debate, las cuales son aceptadas por las partes. Por cuanto se desprende del debate la posibilidad de la conciliación y en consecuencia el acuerdo e igualmente porque las partes han solicitado la prolongación de la audiencia. En consecuencia, este Tribunal por cuanto considera que no se ha agotado el debate para la resolución del conflicto planteado, PROLONGA esta Audiencia Preliminar para el día VIERNES 17-03-2006, a las 12:00 M. Asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos acarreará las consecuencias jurídicas previstas en la Ley. Ambas partes de mutuo acuerdo convienen un lapso de espera de 15 minutos. Se prolonga para esta fecha por estar fijadas otras audiencias los días anteriores. Se acuerda la certificación de instrumento poder.
Se hace Tres (03) ejemplares de un mismo tenor y efecto, en San Felipe, a los Nueve (09) días del mes de Marzo de 2006. Siendo las 11:30 AM, de la mañana. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN,
MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN,


Abg. ARLEC VERONICA LUCENA HERNÁNDEZ


La parte demandante: La parte demandada:
RAFAEL MALUFF GONZÁLEZ.

ALEXI ISMAEL CORDERO LÓPEZ.


Representado por:
Asistido por:


Abg. MANUEL VICENTE NAVAS PIETRI
Abg. ADA ISABEL CONDE



La Secretaria Accidental,

Abg. NORAYDEÉ REVEROL VEROES