REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy
San Felipe, 17 de Marzo de 2006
195° y 146°
Nº DE EXPEDIENTE UP11-L-2005-000305
PARTE DEMANDANTE SIMON OTILIO PAEZ AZACON- CI: V-6.221.131
APODERADA ISAULY PALACIOS OROPEZA I.P.S.A Nº 112.124
PARTE DEMANDADA LINEA UNION SUCRE EN LA PERSONA DE SU PRESIDENTE LUIS ALFREDO YANEZ- CI: V-8.690.641
ABOGADO ASISTENTE MIGUEL RODRIGUEZ - I.P.S.A Nº 48.847
TERCERO INTERVINIENTE EDGAR AGUSTIN MARTINEZ- CI: V-7.505.884
ABOGADO ASISTENTE MILENA ARISTIMUÑO y ABIGAIL PREPO - I.P.S.A Nº 54.818 y 39.082
MOTIVO COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En la ciudad de San Felipe, Estado Yaracuy, a los Diecisiete (17) días del mes de marzo de 2006, siendo las dos de la tarde (02:00 p.m.), fecha y hora fijada para la realización de la prolongación de la Audiencia Preliminar y continuar con el proceso de Conciliación y Mediación por ante este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con motivo de la Demanda por Cobro de Prestaciones Sociales, incoada por el ciudadano SIMON OTILIO PAEZ AZACON, quién es venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº- V-6.221.131, representado por la abogada ISAULY PALACIOS OROPEZA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 15.484.713 e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 112.124 en CONTRA de la LINEA UNION SUCRE, en la persona de su Presidente LUIS ALFREDO YANEZ, titular de la Cedula de Identidad Nº: V-8.690.641. Anunciada la Audiencia Preliminar y ordenada como ha sido por el Ciudadano Juez la verificación de la asistencia de las partes, se constato que para este acto se encuentra presente la parte actora SIMON OTILIO PAEZ AZACON así como su Apoderada Judicial, Abogada ISAULY PALACIOS OROPEZA; Igualmente se encuentra presente el Tercero Interviniente Forzosos. EDGAR AGUSTIN MARTINEZ, en la persona de su Apoderado Judicial abogado ABIGAIL PREPO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 39.082. Igualmente se encuentran presente la parte demandada LINEA UNION SUCRE, en la persona del ciudadano LUIS ALFREDO YANEZ, debidamente asistido por el abogado MIGUEL RODRIGUEZ, todos suficientemente identificados en autos en el Expediente UP11-L-2005-000305 de la nomenclatura de este Tribunal. Presente ambas partes y establecidas las reglas mínimas a seguir en el desarrollo de esta audiencia; La AUDIENCIA PRELIMINAR, será presidida por el Abogado DANIEL ALBERTO ROMÁN CONTRERAS, Juez Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. Seguidamente el Ciudadano Juez declara abierto el acto y da inicio a la Audiencia Preliminar, recordándole a las partes la importancia del uso de los medios alternos de solución de conflictos, a los fines de alcanzar resultados satisfactorios para las partes y de este modo lograr ahorro de energía y recursos, evitando un proceso prolongado. En este estado este Tribunal en ocasión a la comparecencia de la parte demandada en la persona del ciudadano: Simón Otilio Páez, ya identificado, sin representación o asistencia de abogado, acuerda DIFERIR la presente Audiencia Preliminar fijada para el día de hoy 17-03-06, a las 02:00 pm y en consecuencia, se DIFIERE, en protección al derecho al Debido Proceso consagrado en nuestra Constitución Bolivariana dicha Audiencia Preliminar para el día Jueves , Diecisiete (17) de Noviembre de 2005 A LAS 11:00 am, a los fines de que el demandado comparezca asistido debidamente de abogado. Difiriéndose para esa fecha y no para otra, por estar fijadas otras Audiencias Preliminares los días anteriores. Asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 11:00 de la mañana.
El Juez Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución
del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy,
Abg. DANIEL ROMÁN CONTRERAS
El Trabajador Reclamante La Apoderada Actora
El Demandado El Abogado Asistente
El Apoderado del Tercero Interviniente
La Secretaria,
Abg. Mirbelis Almea Álvarez
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