REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Yaracuy
San Felipe, veintitrés (23) de marzo de dos mil seis
195º y 147º

ASUNTO : UP11-L-2005-000341
Vista la diligencia suscrita por los Abogados OMAR PEÑUELA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 85.457, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada CERAMICAS CARIBE, C.A., por una parte y por la otra el ciudadano RAFAEL SANCHEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.516.269, pare actora en el presente proceso, asistido por la Abogada ADA ISABEL CONDE, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nro. 92.353, en su carácter de Procuradora Especial del Trabajo en el Estado, en la cual solicitan del Tribunal se sirva fijar nueva oportunidad para la celebración de la Audiencia Preliminar Prolongada fijada para el día de hoy, por cuanto las partes se encuentran en la búsqueda de una solución extrajudicial; en consecuencia, éste Tribunal en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, acuerda reprogramar esta prolongación de la Audiencia Preliminar para el día viernes siete (07) de Abril de 2006 a las 11:00 a.m. no se notifica a las partes por cuanto están a derecho.
El Juez,


Abg. DANIEL ALBERTO ROMAN CONTRERAS
LA SECRETARIA,



Abg. MIRBELIS ALMEA