REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Yaracuy
San Felipe, Veinticuatro (24) de Marzo de dos mil seis
195º y 146º
ASUNTO: UH11-S-1999-000003.-
Visto que para el día de hoy viernes 24 de marzo de 2006, a las once (11:00 AM) la mañana estaba prevista la realización de la Audiencia Conciliatoria entre las partes fijada mediante auto de fecha 13-01-2006, que riela al folio 2.322, del presente asunto, y abierto que fuera dicho acto previo el pregón de ley, a la puerta del Tribunal, y concluida media hora de espera, las partes no comparecieron a dicha audiencia ni por si ni por medio de sus respectivos apoderados, por lo que el Tribuna declara DESIERTO dicho acto, y así se establece.
El Juez
Abg. Daniel Alberto Román Contreras
La Secretaria,
Abg. Mirbelis Almea A.