República Bolivariana de Venezuela
En Su Nombre
Juzgado de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides
Bastidas de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy
Guama: Miércoles, 31 de Mayo de 2006.
AÑOS: 196º y 147º


El presente procedimiento de SOLICITUD DE PENSION DE ALIMENTO, se inicio por ante este Juzgado en fecha cinco (05) de Abril de 2001 por la ciudadana CRISALIDA GISELA VALERA, quien es venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 11.273.097, contra del ciudadano ANGEL SIMON LOPEZ, quien es venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nª 7.910.298.

Por cuanto la presente causa fue perimida mediante sentencia emanada por este Juzgado en fecha veinticinco (25) de Abril de 2006, este Juzgado ordena el cierre y archivo del presente expediente y su remisión al Archivo Judicial del Estado Yaracuy,

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada, a los efectos indicados en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado en Guama, a los treinta y un (31) días del mes de Mayo del año Dos Mil Seis. Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación.

La Juez Provisorio,
El Secretario,

Abg. Ligia Ode Silveira.
Abg. Juan Carlos. Santos A.

En esta misma fecha, siendo las 02:00 p.m. se publicó la anterior sentencia.

El Secretario,


Abg. Juan Carlos Santos A.


LOS/Jcsa/carlos.
Exp N° 137/01.