REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Superior del Trabajo de la Coordinación Laboral del Estado Yaracuy
San Felipe, diecisiete de mayo de dos mil seis
196º y 147º


SENTENCIA


ASUNTO: UP11-R-2006-000035

PARTE DEMANDANTE RECURRENTE: Ciudadana RADZEVICOIS DJEVIALTOVSKI YADVIGA, titular de la Cédula de Identidad Nro. 14.998.723, asistido por el Abogado CHANG CARLOS JU KIM Inpreabogado Nro.108.301.

APODERADOS JUDICIALES DEL DEMANDANTE: Abogados JESUS HUMBERTO DELGADO Y ADA CONDE ARISPE Inpreabogado Nro. 82.844 y 92.353 respectivamente.

PARTE DEMANDADA: Empresa INDUSTRIAS MAYKA, S.A. representada por el ciudadano ALBERTO BARROBES.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

TRIBUNAL A-QUO: JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCI0N DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.


Conoce esta Superioridad del Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado JESUS HUMBERTO DELGADO Inpreabogado Nro. 82.844, Apoderado judicial de la ciudadana RADZEVICOIS DJEVIALTOVSKI YADVIGA, contra la sentencia dictada en fecha 26 de Abril de 2006 por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en el juicio por Cobro de Prestaciones Sociales interpuesto contra empresa INDUSTRIAS MAYKA, S.A., que declaro DESISTIDA la demanda en virtud de la INCOMPARECENCIA de la parte demandante a la audiencia preliminar del presente juicio, conforme a lo previsto en el articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Sin embargo, en vista de la incomparecencia a esta Audiencia del recurrente Abogado JESUS HUMBERTO DELGADO Inpreabogado Nro. 82.844, Apoderado judicial del ciudadano RADZEVICOIS DJEVIALTOVSKI YADVIGA, de conformidad con el Articulo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:

PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta por el Abogado JESUS HUMBERTO DELGADO Inpreabogado Nro. 82.844, Apoderado judicial de la ciudadana RADZEVICOIS DJEVIALTOVSKI YADVIGA, contra la sentencia dictada en fecha 26 de Abril de 2006 por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES sigue ante el a-quo el referido ciudadano contra la empresa INDUSTRIAS MAYKA, S.A.

SEGUNDO: Queda CONFIRMADA la sentencia apelada.

TERCERO: No hay condenatoria en Costas al recurrente de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.


PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA

Dada, firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en San Felipe a los diecisiete (17) días del mes de Mayo de 2006. Años: 197º y 147º.-

DIOS Y FEDERACIÓN


La Juez Superior



ABG. ALICIA FIGUEROA ROMERO

La Secretaria temporal



ABG. ZORAN GARCÍA DÍAZ

En la misma fecha, siendo las 2:10 p.m., se publicó y registró la anterior Decisión.-


La Secretaria temporal



ABG. ZORAN GARCÍA DÍAZ

AFR/ZG/mg.-
Exp. Nº UP11-R-2006-000035