REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
ACTA DE AUDIENCIA
ASUNTO No UP11-L-2005-000449
En el día de hoy, Jueves Dieciocho (18) de mayo del año dos mil seis (2006), siendo las diez (10:00 a.m.) de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia oral y pública con motivo de la pretensión de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS interpuesta por la ciudadana LUISA ELENA HERNANDEZ SEQUERA Y OTROS contra el MUNICIPIO NIRGUA DEL ESTADO YARACUY. Anunciado como fuera el acto a las puertas del Tribunal, se encuentra presente la parte actora a través de su apoderado judicial Abogado GILBERTO CORONA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 65.407. Asimismo, se deja constancia que la parte demandada: MUNICIPIO NIRGUA DEL ESTADO YARACUY no hizo acto de presencia ni por si ni por medio de apoderado. Seguidamente se declara constituido el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con la presencia de la ciudadana Juez Abogado OLGA NUÑEZ DE MEZA, la secretaria temporal Abogado ZORAN GARCIA DIAZ y el Alguacil NEIL ALTUVE, por lo que se da inicio a la presente audiencia.----------
Tomó la palabra la Ciudadana Juez, y manifestó: Teniendo en cuenta el carácter público de la parte demandada, y en razón de que se entiende contradicha la pretensión de los actores, en reconocimiento de sus privilegios, este Tribunal declara no poder aplicar los efectos del artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Seguidamente, se concedió la palabra al abogado GILBERTO CORONA, ya identificado, y expuso: Ratificó en todas y cada una de sus partes el contenido del escrito libelar, en virtud de que existió un vínculo laboral entre mis mandantes y el municipio demandado. Solicitó se declaren los efectos del artículo 82 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo relativos a la Exhibición de Documentos.
Se deja constancia de que la audiencia fue reproducida en forma audiovisual, de conformidad con lo establecido en el artículo 162 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-------------------------------------------------------------------------------------------
En este estado este Tribunal pasa a reservarse el lapso de 60 minutos para dictar el dispositivo de la sentencia correspondiente.---------------------------------------------
Vencido dicho lapso la Juez procedió a dictar el dispositivo del fallo, el cual es del siguiente tenor: En virtud de las razones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la pretensión de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS interpuesta por la ciudadana LUISA ELENA HERNANDEZ SEQUERA Y OTROS contra el MUNICIPIO NIRGUA DEL ESTADO YARACUY. SEGUNDO: SE CONDENA AL MUNICIPIO demandado al pago de los conceptos y cantidades que se indiquen en el texto íntegro de la sentencia. TERCERO: NO HAY EXPRESA CONDENATORIA EN COSTAS a la parte demandada de conformidad con lo establecido en Sentencia de fecha 04-04-2006 de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia Caso: Trina Betancourt Vs Corposalud Aragua. CUARTO: Este Tribunal se reserva el lapso establecido en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para la publicación del texto íntegro de la sentencia.
La Juez de Juicio;
Abg. OLGA NUÑEZ DE MEZA
PARTE DEMANDANTE
Abg. GILBERTO CORONA
La Secretaria Temporal;
Abg. ZORAN GARCIA DIAZ
El Alguacil;
NEIL ALTUVE
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