REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, Quince (15) de Mayo de Dos Mil Seis
196º y 147º

ASUNTO: UP11-L-2006-000007


Vista la diligencia que antecede suscrita por los Abogados Gilberto Corona en representación de la parte actora y la Abogada Yuraly Laya por la parte demandada, mediante la cual solicitan el diferimiento de la Audiencia fijada para el día 17 de mayo de 2006, por un lapso de 15 días hábiles. El Tribunal, acuerda de conformidad lo solicitado en consecuencia se difiere la celebración de la Audiencia para el día Miércoles 07 de junio de 2006, a las 02:00 am., tomando en cuenta al respectivo cómputo a partir del día 17/05/2006, así mismo de conformidad con lo establecido por el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, no se ordena la notificación de las partes.
EL JUEZ,

Abg. DANIEL ROMAN CONTRERAS

LA SECRETARIA,


Abg. GRECIA VERASTEGUI