REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación Y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Yaracuy
San Felipe, treinta (30) de Mayo de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: UP11-L-2006-000052



Por cuanto para el día de hoy, 30 de Mayo de 2006, a las (02:00 p.m.), se encuentra prevista la celebración de la Audiencia Preliminar y por cuanto el Juez por asuntos ineludibles se encuentra imposibilitado para celebrar la presente Audiencia, éste Tribunal de oficio, acuerda reprogramar la celebración de la AUDIENCIA PRELIMINAR, y fija nuevamente para el día 01 de Junio de 2006, a las DOS DE LA TARDE (02:00 P.M). Sin Notificación de las partes por cuanto se encuentran a derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

EL JUEZ,



Abg. DANIEL ALBERTO ROMAN CONTRERAS

LA SECRETARIA,



Abg. GRECIA VERASTEGUI