JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 03 de Noviembre de 2006.
Años: 195° y 147°.
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: LARA MENDEZ MAGALIS JOSEFINA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No. 11.277.267 y domiciliada en las mercedes sector Pantanal del Municipio San Felipe del Estado Yaracuy y GONZALEZ VICTOR MANUEL, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de Identidad No. 7.906.350 y domiciliado en la Morita Nueva, sector 1, vereda 14 casa No. 14 del Municipio Cocorote Estado Yaracuy; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO sobre unas bienhechurias construidas sobre un área de terreno propiedad Municipal, que mide cuatrocientos Ochenta metros cuadrados (480 mts2), Ubicado en la avenida principal de Las Mercedes, entre 3 y 4 sector Pantanal, Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, totalmente cercado con estantillo de madera de rabo de ratón y alambre de pua, y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos: Norte: Solar y casa que es o fue del sr. Rafael Montes Castro, Sur: Parcela y casa del sr. Juan Vasquez, Este: Calle principal y Oeste: Parcela y rancho de la sra. Yhajaira Castillo. A favor de la ciudadana: DEICY MARILU PRADA, Venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad No. V-12.487.850, y de este domicilio. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal.- N° 1006/2006.
La .Jueza,
Abg. María de Lourdes Camacaro de Aular
La Secretaria
Abog. Karelia Marilu López Rivero
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante de folios útiles.-
La Secretaria,
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