REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMER INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 30 de Noviembre de 2006.
Años: 194° y 147°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: JORGE NOEL TOVAR MOGOLLON y MARIA JOVITA DAVILA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédulas de Identidad Números: 2.571.410 y 4.264.843, respectivamente, ambos domiciliados en el Estado Yaracuy; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO sobre unas bienhechurías edificadas sobre terrenos pertenecientes al Instituto Nacional de Tierras ( INTI), ubicada en la calle 1, Urbanización Victor Manuel Giménez Landinez, de la población de Urachiche, Municipio Urachiche, estado Yaracuy, la cual tiene una superficie aproximada de Seis Mil Doscientos Diecisiete metros con setenta centímetros cuadrados (6,217,70 Mts.2), cuyos linderos son: Norte: Con sesenta y tres metros (63,00 mts.) con casa de Miguel Díaz. Sur: con setenta y dos metros con cincuenta y cuatro centímetros (72,54 mts.) con casas de Felicinda de Martínez Ricardo Torres y Oswaldo Ruíz. Este: con cuarenta y dos metros con cuarenta y nueve centímetros ( 42,49 mts.) con casa de Juan Ramón Díaz y calle 1 de la Urbanización Victor Manuel Giménez Landinez, y Oeste: con cuarenta y dos metros con cuarenta y nueve centímetros (42,49 mts.) con solar de Manuela de Salcedo. Las bienhechurías tienen un área de construcción de dos mil ciento quince metros con cincuenta y ocho centímetros cuadrados (2.115,58 mts.2) y consisten en un local comercial, vivienda unifamiliar, área de piscina, área de duchas, área de recreación y baños, cerca perimetral, tanque de agua, cantina, caseta de bomba y plantación de árboles ornamentales y frutales. Local Comercial que tiene un área de construcción de doscientos treinta y un metros con setenta y dos centímetros cuadrados (231,72 Mts.2) y esta construido con el sistema convencional, con paredes de bloques de concreto, frisos y pintura texturizados, pisos de granito, techo de platabanda, dos (2) portones tipo santa maría, protectores de hierro en las ventanas y columnas tipo chaguaramos en su parte central, consta de área de restaurant, sala de espectáculo, barra-bar, cocina, deposito y dos (2) baños. Segundo nivel o segunda planta con paredes de bloques frisadas, con un cincuenta por ciento (50%) de construcción. Vivienda Unifamiliar tiene un área de cuarenta y siete metros con cuarenta y siete centímetros cuadrados (47,47 Mts.2) y consta de cocina-comedor, dos (2) habitaciones y sala de baño. Techo de platabanda, paredes de ladrillos frisadas, piso de concreto rustico, ventanas macuto y puertas de madera. La piscina tiene un área de ciento cincuenta y cuatro metros cúbicos (154 mts.3), revestida de azulejos, borde de cerámicas y esta limitada con una cerca perimetral ornamental de estantillos de hierro y postes de alumbrado ornaméntales. El área de duchas anexas a la piscina ocupa una superficie de diez metros con cinco centímetros cuadrados (10,05 mts.2) y consta de dos cubículos con piezas e instalaciones sanitarias completas. La cantina tiene un área de dieciocho metros con treinta y seis centímetros cuadrados (18,36 mts.2), con techo de tejas, paredes de ladrillos frisadas y piso de granito. La zona recreacional ocupa un área de un mil ciento ocho metros con cuarenta y cuatro centímetros cuadrados (1.108,44 mts.2) con pisos de mosaico y caminarías de baldosas antiresbalantes y posee unos baños anexos que ocupan un área de diecisiete metros con cincuenta y cinco centímetros cuadrados (17,55 mts.2) con piezas e instalaciones sanitarias completas. La caseta de bomba tiene un área de cinco metros con cuatro centímetros cuadrados (5,04 mts.2) construida con paredes de ladrillos, bloques de ventilación, piso de concreto y techo de tejas, con equipos de dosificación, filtrado y bombeo. Tanque de agua con una capacidad de cuatro metros con sesenta centímetros cúbicos (4,60 mts.3). La cerca perimetral es de seiscientos setenta y seis metros con noventa y cinco centímetros cuadrados (676,95 mts.2) construida de bloques, totalmente frisada con dos portones de acceso de hierro. La plantación de árboles frutales ocupa un área de setenta y siete metros cuadrados (77,00 mts.2) en su mayoría matas de aguacates y limón en plena producción. Con instalaciones eléctricas y sanitarias y los servicios propios de una construcción. A favor del ciudadano DEMETRIO ANTONIO YEPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 2.537.209, de este domicilio. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal.- Se le asignó el N° 1093/2006.
La Jueza
Abg. María de Lourdes Camacaro de Aular
La Secretaria,
Abg. Karelia Marilú López Rivero.
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante de ( ) folios útiles.-
La Secretaria,
Abg. Karelia Marilú López Rivero.
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