REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO YARACUY
EXPEDIENTE : 4111
PARTE ACTORA:
: FRANCISCO ANTONIO ALVARADO.
Venezolano, mayor de edad, domiciliado en la ciudad de Yaritagua del Estado Yaracuy
ABOGADO ASISTENTE
PARTE ACTORA. AYUAHT ANIS MASSOUD YUNIS.
Inpreabogado N° 67.872
MOTIVO INSERCION DE PARTIDA DE NACIMIENTO.
Se inicia el presente procedimiento por demanda suscrita y presentada por el ciudadano: FRANCISCO ANTONIO ALVARADO, ya identificado debidamente asistido por el abogado AYUAHT ANIS MASSOUD YUNIS, y recibida en este Tribunal por distribución de fecha 09/07/2004, constante de un(01) folio útil y dos(02) anexos.
Aduce el Accionante, en su escrito libelar que nació en el HOSPITAL “Br. RAFAEL RANGEL” del Municipio Peña del Estado Yaracuy, el día seis (06) de junio de Mil novecientos ochenta y dos (1982) siendo hijo de los ciudadanos FRANDINA COROMOTO ALVARADO ROJAS y ALIRIO JOSE GALLARDO. Alega igualmente que su Partida de Nacimiento no aparece asentada en los Libros de Registro Civil de Nacimientos, llevados por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Autónomo Peña del Estado Yaracuy.
A los fines de probar sus alegatos la parte actora consignó los siguientes recaudos: Certificado de Nacimiento (original), expedido por el HOSPITAL TIPO 1 “Br. RAFAEL RANGEL” del Municipio Peña del Estado Yaracuy. Constancia (0riginal) expedida por la Coordinación de Registro Civil del Municipio Peña /Yaracuy., donde se certifica que no aparece inserta la Partida de Nacimiento del ciudadano FRANCISCO ANTONIO ALVARADO y copia de las cedulas de identidad de sus padres ciudadanos FRANDINA COROMOTO ALVARADO ROJAS y ALIRIO JOSE GALLARDO.
Admitida la demanda en fecha 20 de julio 2004, se ordenó el emplazamiento por Edicto, a todas aquellas personas que pudieran tener interés directo y manifiesto en el asunto, para el Acto de Oposición a la solicitud, de igual forma, se ordenó la notificación al Fiscal Séptimo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial.
Al folio 10, consta Boleta de Notificación practicada a la representación Fiscal Séptima del Ministerio Público, debidamente firmada. Publicado el Edicto ordenado, el mismo fue consignado por la parte actora en fecha 27/10/2005, y cursante al folio 12. En fecha 26/05/2006, se ordenó la reanudación del presente juicio al décimo día de despacho siguiente, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, ordenándose librar Boleta de Notificación a la parte interesada. Al folio 17, consta Boleta de Notificación ordenada en fecha 26/05/2006, debidamente firmada por el accionante. En fecha 18/10/2006, y cursante al folio 18, se ordenó, abrir a prueba la causa de conformidad con el artículo 771 del Código de Procedimiento Civil. En fecha 24/10/2006, la parte actora, consignó Escrito de Pruebas, constante de un (01) folio útil, y cursante al folio 19 del expediente. En fecha 26/10/2006, se agregó y admitió el Escrito de Pruebas, promovido en el presente procedimiento.
LLEGADO EL MOMENTO PARA DECIDIR EN LA PRESENTE CAUSA, EL TRIBUNAL PASA A HACERLO EN LA FORMA SIGUIENTE.
El Tribunal valora de conformidad con lo establecido en el Artículo 458 del Código Civil, la documentación anexa al escrito libelar, cursante las mismas a los folios del 02 al 05, ambos inclusive, y que al ser concatenadas con los hechos alegados en la solicitud, son suficientes a juicio de esta juzgadora para la declaratoria con lugar de la presente solicitud de INSERCIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO y así se decide.
En virtud de que en la presente causa NO SE PRESENTARON TERCEROS AFECTADOS en la oportunidad concedida en el presente juicio, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y AGRARIO de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de INSERCION DE PARTIDA DE NACIMIENTO del ciudadano FRANCISCO ANTONIO ALVARADO. Y DECRETA LA INSERCIÓN DE LA MISMA en los Libros de registro Civil para Nacimientos llevados por la Coordinación de Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Peña del Estado Yaracuy, dejando constancia que el ciudadano FRANCISCO ANTONIO ALVARADO, nació en el HOSPITAL “Br. RAFAEL RANGEL” del Municipio Peña del Estado Yaracuy, el día seis (06) de junio de Mil novecientos ochenta y dos (1982) siendo hijo de los ciudadanos FRANDINA COROMOTO ALVARADO ROJAS y ALIRIO JOSE GALLARDO. Ofíciese a la Coordinación de Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Peña del Estado Yaracuy, a los fines de la inserción respectiva. Líbrese oficio.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En San Felipe, a los siete (07) día del mes de Noviembre de Dos mil seis (2006) Años: 196° de la Independencia y 147°. De la Federación.-
La Juez Suplente Especial,
Abog. WENDY C. YÁNEZ RODRÍGUEZ.
El Secretario,
Abg. Luis Alfonso Verastegui G.
En esta misma fecha y siendo las 3:00 p.m. se publicó y registró la anterior decisión y se remite oficio bajo el N° 0.500/06.
El Secretario,
Abg. Luis Alfonso Verastegui G.
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