REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Sala de Juicio N° 2

En fecha 07 de noviembre de 2006, la ciudadana Denys Del Carmen Arrieta Olascuagas, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-24.633.112, actuando en nombre y representación de la niña Diani Luz Arrieta Ospino, de cinco (5) años de edad, quien se encuentra asistida por la Abg. Yrela Isabel Cham Rodríguez, en su carácter de Defensora Pública Primera, adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del Estado Yaracuy, presentó diligencia en el cual solicita AUTORIZACION para trasladarse con la niña identidad omitida a la Ciudad Sincelejo Colombia, el día 10 de Noviembre de 2006 para asistir al novenario del abuelo paterno de la niña ciudadano Rafael Antonio Arrieta Flores, quién falleció el día 5-11-2006 y regresar el día domingo 19 de noviembre de 2006. Esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, visto que en fecha 02 de febrero le otorgo la Colocación Familiar provisional de la niña antes mencionada, a la solicitante, cuyo objeto es otorgar la guarda y esta comprende de la custodia, la asistencia material, la vigilancia y la orientación moral y educativa de los hijos, así como la facultad de imponerles correcciones adecuadas a su edad y desarrollo físico y mental, para su ejercicio se requiere el contacto directo con los hijos y, por tanto, facultad para decidir acerca del lugar de la residencia o habitación de éstos, tal como lo señala el artículo 358 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, es por lo que administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA conceder autorización a la niña identidad omitida, a la Ciudad Sincelejo Colombia, el día 10 de Noviembre de 2006 a fin de asistir al novenario de su abuelo paterno ciudadano Rafael Antonio Arrieta Flores, quién falleció el día 5-11-2006 y debiendo regresar el día domingo 19 de noviembre de 2006, acompañada de su representante legal ciudadana Denys Del Carmen Arrieta Olascuagas, titular de la cédula de identidad N° V-24.633.112.
Expídase por secretaria a la solicitante, copia certificada de la presente autorización para que surta sus efectos legales. En San Felipe a los ocho (8) días del mes de noviembre de 2006. Años: 196° de la Independencia y 147° de la Federación.


La Juez,

Abg. Emir Jandume Morr Núñez.
La Secretaria,

Abg. Pilar Valverde.



Exp. Solicitud N° 7412/06
EJMN/pv/mdr.-