REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Dirección Ejecutiva de la Magistratura
Juzgado Ejecutor de Medida de los Municipios San Felipe, Cocorote,
Independencia, Veroes, Bolívar y Manuel Monge de la Circunscripción
Judicial del Estado Yaracuy.
El presente traslado es gratuito, como lo consagra la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En horas de despacho del día de hoy 27 de Noviembre de 2006, se traslado y Constituyó, siendo las 10:00 am., este TRIBUNAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, COCOROTE, INDEPENDENCIA, VEROES Y MANUEL MONGE DE LA CIRCUNSCRIPCIION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY; a cargo de la Jueza Temporal Abogada Suhail Anayatnzy Hernández Alvarado y el Secretario Eduardo A. Ibarra G., titulares de las cedulas de identidad números: 12.282.113 y 10.853.325; respectivamente. En la siguiente dirección: “Carretera Panamericana San Felipe Cocorote estacionamiento YARA del Municipio San Felipe del Estado Yaracuy”. A los fines de darle estricto, cabal cumplimiento y continuidad de practica al decreto, contentivo de MEDIDA DE SECUESTRO, emanada del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en contra de ELENA MUHAD Y AZZA MUHAD ABDALA, venezolanos mayores de edad titulares de la cedulas de identidad N° 12.078.721 y 10.365.885 respectivamente demandados de autos. En compañía de la, Abogada en Ejercicio LUZ EDDY HERNANDEZ CASTRO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro: 13.503.768, inscritos en el I.P.S.A bajo el N° 102.812, quien es apoderada judicial del ciudadano ALMERON BENIGNO JOSE, titular de la cedula de identidad Nro: 7.554.111 demandante de autos en el juicio de Nulidad de Venta. Del expediente Nº 13.735 nomenclatura del tribunal de la causa Es todo. Seguidamente este tribunal ejecutor de medidas procede a notificar de su misión, luego de haberle hecho lectura del despacho de comisión a la ciudadana, ROMERO INES venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.918.828, de este domicilio, en su condición de Secretaria Del Estacionamiento v YARA donde nos encontramos constituidos, quien se le solicita nos informe si en dicho estacionamiento se encuentra vehículo con las siguientes características Clase Automóvil, Marca: Chrysler, Modelo: Neon Le Auto 2, Tipo: Sedan, Color: Dorado, Año 2001, Serial e Motor: 4 Cil, Serial de carrocería 8Y3HS27C211705928, Palcas: KBC31K, de uso particular el cual se encuentra en este estacionamiento por retención realizada por funcionarios adscritos a la unidad estatal de transito terrestre N° 52 San Felipe Estado Yaracuy, para la cual la notificada presente pone a la vista de este Tribunal orden de deposito de dicho vehículo de fecha 24/11/2006 numero 01051 del cual se aprecia que el propietario de dicho vehículo es el Ciudadano ITALO ENRIQUE ACUÑA SALCEDO”. Es todo. En este estado este tribunal ejecutor le concede el derecho de palabra a la apoderado judicial Abogada en ejercicio LUZ EDDY HERNANDEZ CASTRO, quien expone: “ Por cuanto el vehículo antes descrito se evidencia no pertenece a la parte demandada según copia de orden que consigno en este acto en un folio útil ante identificada por la notificada, solicito a este Tribunal que deje sin efecto tal retención por cuanto no hay bienes sobre el cual ejecutar la medida y proceda a retirarse a su sede así como remitir en el estado en que se encuentra la presente comisión civil a su tribunal de origen. Es todo”. Este Tribunal Ejecutor de Medidas visto lo solicitado por la parte actora en este acto así como también vista la información aportada por la notificada del acto, en consecuencia se acuerda dejar sin efecto la retención del vehículo antes descrito realizada por la unidad de transito terrestre N| 52de este estado así como la liberación del mismo igualmente se acuerda suspender Temporalmente la practica de la medida de Secuestro ordenada por el tribunal de la causa, y se acuerda librar y remitir oficio a la unidad de transito terrestre de este estado a los fines de participarle lo conducente, de igual forma se acuerda expedir copia simple de presente actuación a los fines de hacerle entrega a la notificada del acto a los fines legales consiguientes. En cuanto a la consignación realizada por la parte actora en este acto, se acuerda agregar a la presente Comisión civil en un folio útil, copia simple de la planilla de orden de deposito de vehículo antes descrita, seguido se agrego, así mismo se deja constancia que nos acompañó para el resguardo de la seguridad de este Tribunal el Sargento Segundo Néstor Avendaño, titular de la cédula de identidad N° 11.274.861, el Tribunal acuerda el regreso a su sede natural siendo las 12:17 p.m. Publíquese en la Pagina Web de este Tribunal. Es todo, se termino, se leyó y conformen firman. La Juez Temporal, Abg. SUHAIL HERNANDEZ ALVARADO. (Fdo). El Notificado, (Fdo). La Apoderada Judicial, (Fdo). El Funcionario Policial.(Fdo) El Secretario Abgº Eduardo A. Ibarra G. (Fdo)