REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Yaracuy

196° Y 147°

ACTA DE MEDIACIÓN Y CONCILIACIÓN

Nº DE EXPEDIENTE: UP11-L-2006-000288

PARTES DEMANDANTE: ALEXANDER JOSE CARMONA GALLARDO

ASISTIDAS POR: Abg. JESUS HUMBERTO DELGADO procurador del Trabajo del Estado Yaracuy.

PARTE DEMANDADA: MUNICIPIO BRUZUAL DEL ESTADO YARACUY

REPRESENTADA POR: Abg. NIRIDA MOTA FERNANDEZ

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En la ciudad de San Felipe, Estado Yaracuy, a los VEINTIOCHO (28) días del mes de NOVIEMBRE de 2006, siendo las once de la mañana (11:00 AM), oportunidad fijada para la Celebración de la Audiencia Preliminar y el proceso de Mediación y Conciliación por ante este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con motivo de la Demanda por Cobro de Prestaciones Sociales, incoada por el ciudadano: ALEXANDER JOSE CARMONA GALLARDO, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nro. V-6.453.157, asistido en este acto por la Abg. JESUS HUMBERTO DELGADO Inpreabogado Nª 82.844 PROCURADOR DE TRABAJO DEL ESTADO YARACUY, de este domicilio CONTRA: MUNICIPIO BRUZUAL DEL ESTADO YARACUY, representado en este acto por la Sindicó Procurador del Municipio Abg. Nìrida B. Mota, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nª 35729, asistida debidamente por el Abg. Efraín A. Moto longo, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nª 101.483, ambos de este domicilio, conforme a la causa N° UP11-L-2006-000288, de la nomenclatura interna de este Tribunal. Presente la parte actora, se procedió a dar inicio a la AUDIENCIA PRELIMINAR, la cual será presidida por el Abogado CARLOS FELIPE RUIZ RUIZ, Juez Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. Seguidamente el Ciudadano Juez declara abierto el acto y da inicio a la Audiencia Preliminar. Por cuanto se desprende la posibilidad de conciliación entre las partes, a los fines de la resolución del conflicto planteados, y por cuanto las partes han solicitado la prolongación de la presente audiencia preliminar. El Tribunal, acuerda de conformidad lo solicitado en consecuencia PROLONGA la presente Audiencia Preliminar para el día VIERNES 15 de DICIEMBRE de 2006, A LAS DOS (02:00 PM) DE LA TARDE.
Se hace UN (01) ejemplar de un mismo tenor y efecto, en San Felipe, Estado Yaracuy, a los veintiocho (28) días del mes de NOVIEMBRE deL dos mil seis (2006). Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las ONCE y CUARENTA Y CINCO DE LA MAÑANA (11:45 A.M).

La Juez Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.

Abg. CARLOS FELIPE RUIZ RUIZ


La Parte Demandante: La Parte Demandada:









La Secretaria


Abg. GRECIA VERASTEGUI