REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO
ASUNTO N° UP11-L-2006-000136
En el día de hoy, Jueves nueve (09) de noviembre del año dos mil seis (2006), siendo las nueve (09:00 AM) de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia oral y pública con motivo de la pretensión de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS interpuesta por el ciudadano JOSE HUERFANO LOPEZ contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO BRUZUAL DEL ESTADO YARACUY. Anunciado como fuera el acto a las puertas del Tribunal, se encuentra presente la parte actora a través del apoderado judicial Abogado OMAR CALDERON, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.692. Asimismo, se encuentra presente la parte demandada a través del abogado EFRAIN MOTOLONGO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.483; carácter este que acredita mediante instrumento poder que consigna en este acto para su certificación y devolución. Seguidamente se declara constituido el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con la presencia de la ciudadana Juez Abogado OLGA NUÑEZ DE MEZA, la secretaria Abogado ZORAN GARCIA DIAZ y el Alguacil ROBERT SUAREZ, por lo que se da inicio a la presente audiencia.-
Seguidamente, la ciudadana Juez exhorta a las partes al uso de los medios alternativos a la resolución de conflictos, para lo cual los mismos manifestaron:
La parte demandada a través de su apoderado judicial solicito el diferimiento del acto, por cuanto del ente que representa existe posibilidad de concretar acuerdo con el actor.
El apoderado judicial del actor, manifiesta estar de acuerdo con el diferimiento solicitado en aras de realizar las gestiones pertinentes para concretar la posibilidad de acuerdo manifestada por el ente demandado.
Ante tal solicitud y vista la posibilidad manifestada por las partes de hacer uso de los medios alternativos de resolución de conflictos, este Tribunal procedió a declarar el DIFERIMIENTO de la presente audiencia y, en consecuencia, fija el día MARTES DOCE (12) DE DICIEMBRE DE 2006 A LAS 11:00 AM, para que tenga lugar su celebración, todo conforme a lo previsto en el artículo 253 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.-
La Juez de Juicio
Abg. OLGA NUÑEZ DE MEZA
PARTE DEMANDANTE
Abg. OMAR CALDERON
PARTE DEMANDADA
Abg. EFRAIN MOTOLONGO
La Secretaria
Abg. ZORAN GARCIA DIAZ
El Alguacil;
ROBERT SUAREZ
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