REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Nº DE EXPEDIENTE UP11-L-2006-000281
PARTE DEMANDANTE JUAN BAUTISTA ARRIECHE TORRES, RAFAEL JOSE BORAURE SANTELIZ, JOSE NARCISO CAMPOS, ASUNCIÓN DE JESUS MEDINA PÉREZ, HERIBERTO DOMINGO NOGAL, ALCIDES ANTONIO SILVA CAMPO y JUAN LORENZO VALLADARES
APODERADOS JESUS HUMBERTO DELGADO, ADA ISABEL CONDE ARISPE, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 82.844 y 92.393, respectivamente, en su condición de Procuradores Especiales del Trabajo del Estado Yaracuy
PARTE DEMANDADA PABLO SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 4.376.378
APODERADO YUSBETH ROJAS GOMEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 104.055
MOTIVO COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En la ciudad de San Felipe, Estado Yaracuy, a los nueve (09) días del mes de Noviembre del año 2006, siendo las diez de la mañana (10:00 A.M), constituido como se encuentra el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, presidido por la ciudadana Juez MARY SALOME SALCEDO, anunciada como ha sido la Audiencia fijada y ordenada como ha sido la verificación de la asistencia de las partes, siendo la fecha y hora fijada para la realización de la Audiencia Preliminar de la presente causa, signada con el No. UP11-L-2006-000281 de la nomenclatura de este Tribunal, con motivo de la Demanda por Cobro de Prestaciones Sociales, incoada por los ciudadanos JUAN BAUTISTA ARRIECHE TORRES, RAFAEL JOSE BORAURE SANTELIZ, JOSE NARCISO CAMPOS, ASUNCIÓN DE JESUS MEDINA PÉREZ, HERIBERTO DOMINGO NOGAL, ALCIDES ANTONIO SILVA CAMPO y JUAN LORENZO VALLADARES, todos de este domicilio y ampliamente identificados en autos, representados en este acto por la abogado ADA ISABEL CONDE ARISPE, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 92.393, en su condición de Procuradora Especial del Trabajo del Estado Yaracuy, CONTRA PABLO SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 4.376.378, representado en este acto por las abogados en ejercicio YUSBETH ROJAS GOMEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 104.055, la ciudadana Juez declara abierto el acto y da inicio a la Audiencia Preliminar, recordándole y explicándole a las partes la importancia del uso de los medios alternos de solución de conflictos, a los fines de alcanzar resultados satisfactorios para las partes involucradas en esta causa y de este modo lograr ahorro de energías y recursos, mediante la evitación de un proceso prolongado. Del debate entre las partes se desprende la posibilidad de llegar a un acuerdo conciliatorio razón por la cual ambas partes solicitan la prolongación de la presente audiencia preliminar. En este estado, el Tribunal acuerda la prolongación de esta audiencia y fija su continuación para el día veintitrés (23) de Noviembre del año en curso a las nueve de la mañana (09:00 A. M). Siendo las diez y treinta minutos de la mañana (10:30 A. M). Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
La Juez,
Abg. MARY SALCEDO
La parte demandante, La parte demandada,
La Secretaria,
Abg. GRECIA VERASTEGUI
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