A tenor de lo previsto en los artículos, 362 del Código de Procedimiento Civil, 520 y 523 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, la solicitud de revisión de sentencia Alimentaria, intentada por la ciudadana: MAGALIS IRENE BELLO PACHECO , contra el ciudadano: NAUDYS JOEL GALINDEZ TIMAURE , en beneficio de los adolescentes: NAUDYS JUNIOR, MAYKELIS NAYDIBEL, NILBERT JOSE y la niña: MARIELBIS NAISOL GALINDEZ BELLO .- Se condena a suministrar como monto de pensión de alimentos, la cantidad de CIENTO VEINTICINCO MIL BOLIVARES QUINCENALES (Bs.125.000) a partir del mes de DICIEMBRE, del presente año, igualmente se condena a suministrar el 100% de los gastos de útiles y uniformes escolares y el 50% de los gastos de asistenta médica, medicina, ropa, calzado, educativos, recreativos, culturales, deportivos y odontológicos, previa presentación de constancias, récipes, presupuestos y facturas.- Referentes a las inscripciones escolares, no se acuerda por ser las mismas gratuitas.- En cuanto a la vestimenta deberá el ciudadano: NAUDYS JOEL GALINDEZ TIMAURE, cancelar en el mes de Diciembre un bono de SEISCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 600.000).-