REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

San Felipe, 10 de octubre de 2006
Años: 196º y 147º

Vista la solicitud formulada por la ciudadana Keila Mújica, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.796.535, actuando en representación de su hijo identidad omitida , de 9 años de edad, quien se encuentra asistido por la Abg. María de los Ángeles Bermúdez, Defensora Publica Tercera, adscrita al Sistema Autónomo de la Defensa Publica del Estado Yaracuy, mediante la cual solicita se le conceda Autorización Judicial, para proceder a tramitar lo relacionado con la suma de dinero que le corresponda a su menor hijo, por concepto de prestaciones sociales, vacaciones, y cualquier otro beneficio que le corresponda de la empresa Inpronaca, en ocasión del fallecimiento de su padre ciudadano Sibert Colina, quien era titular de la cédula de identidad N° V-11.278.671, asimismo solicita autorización para realizar todos los tramites correspondientes por ante las Instituciones que corresponda, para cobrar Política habitacional, Montepío, pensión de sobreviviente y seguro de vida. En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA: Conceder AUTORIZACIÓN JUDICIAL a la ciudadana Keila Yulismar Mújica, titular de la cédula de identidad N° V-13.796.535 para que proceda a gestionar el cobro del dinero que le corresponda a su hijo identidad omitida, dejado con la ocasión del fallecimiento de su padre ciudadano Sibert Colina Gainza, quien era titular de la cédula de identidad N° V-11.278.671, asimismo se le autoriza realizar todos los tramites correspondientes por ante la empresa “Inversiones y Promociones Nacional C.A (Inpronaca)”, por concepto de prestaciones sociales, vacaciones, y cualquier otro beneficio que le corresponda, de igual forma se le autoriza gestionar lo necesario en cuanto al cobro de Política habitacional, Montepío, pensión de sobreviviente y seguro de vida.
Tráigase a los autos Cheque de Gerencia por las cantidades de dinero que le pueda corresponder al niño de autos, a nombre de este Tribunal a los fines de aperturar la Cuenta de Ahorros correspondiente en una Entidad Bancaria de la localidad.
Expídase por secretaria copia certificada de la presente Autorización para que surta sus efectos legales. Certifíquese copia.


La Juez,


Abg. Emir Morr Núñez
La Secretaria,


Abg. Pilar Valverde




Exp. N° 1396/06
EMN/mdr.-