REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
SAN FELIPE, 11 DE OCTUBRE DE 2006
AÑOS: 196° Y 147º
Vista la declaración rendida por el Ciudadano CARLOS ALFREDO GONZALEZ FARFAN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.881.188, residenciado en la Morita, avenida 4, sector 2, casa 33, municipio Cocorote estado Yaracuy, que riela al folio 21, de la cual se desprende que aceptó y juró cumplir con el cargo recaído, de ser CURADOR ESPECIAL de la adolescente identidad omitida y representarla en la venta del Inmueble que realizará su madre ciudadana MIREYA JOSEFINA MORENO DE NAVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 6.187.796, esta sala de Protección acuerda otorgar DISCERNIMIENTO DE CURADOR ESPECIAL al Ciudadano CARLOS ALFREDO GONZALEZ FARFAN, plenamente identificado, para que represente a la adolescente identidad omitida en la venta del Inmueble con las siguientes características: Una vivienda, ubicada en la calle 13 sector 2 N° 23, de la Urbanización Luis Herrera Camping, La Morita Cocorote del estado Yaracuy, y alinderada de la siguiente manera: NORTE: En siete metros con ochenta centímetros (7.80 mts) con la casa N° 12 de la avenida 6, su fondo; SUR: en siete metros con ochenta centímetros (7.80 mts), con la calle 13 su frente; ESTE: en quince centímetros con sesenta centímetros (15.70 mts) con la casa N° 21 de la calle 13; y OESTE: en quince centímetros con setenta centímetros (15.70 mts), con la casa 25 de la calle 13, del cual es copropietaria conjuntamente con la madre, de conformidad con lo establecido en el artículo 270 del Código Civil.
La Juez,
Abg. Belkis Morales de Rodríguez
La Secretaria,
Abg. Ana Matilde López
Exp.Solic Nº 1270/06.
BMdR.aml.sa.-
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