REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 5 de octubre de 2006
Años 196° y 147
En fecha 26 de junio de 2006, presentó escrito ante este tribunal la ciudadana Eleticia Coromoto Vásquez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.144.561, domiciliada en la calle 7, con carrera 8, Urbanización Víctor Jiménez Landinez, calle principal N° 2, Municipio Urachiche, estado Yaracuy, actuando en nombre y representación de sus hijos identidad omitida, de 14 y 10 años de edad, respectivamente quienes se encuentran asistidos por la Defensora Pública Segunda del Estado Yaracuy, mediante el cual solicita se les declare Únicos y Universales Herederos , del de cujus ciudadano José Del Carmen Torres Sánchez , quien era titular de la cédula de identidad N° V-4.479.471.
Vistos los recaudos acompañados, a saber: Copia fotostáticas de la cédula de identidad de la ciudadana Eleticia Coromoto Vásquez González; actas de nacimiento de los menores hijos del de cujus José Del Carmen Torres Sánchez, cursante a los folios 4 y 5 del expediente; acta de defunción del ciudadano José Del Carmen Torres Sánchez, que cursa al folio 6 del expediente; constancia de concubinato expedida por el Coordinador del Registro Civil del Municipio Urachiche del estado Yaracuy, así como las declaraciones rendidas por los testigos, ciudadanos Ynocensia Del Carmen Martínez y Judith Margarita Álvarez Virguez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-6.335.210 y V-5.429.960 respectivamente, que rielan a los folios 13 y 14 del presente expediente; Este tribunal administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA a los menores Leidys Coromoto y Julio César Torres Vásquez, UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del ciudadano José Del Carmen Torres Sánchez, quien era titular de la cédula de identidad N° V-4.479.471, fallecido ab-intestato en fecha 30 de mayo de 2006, sin perjuicio de terceros con iguales o mejores derechos.
Devuélvanse los originales con sus resultas a la parte interesada. Déjese copia fotostática en el archivo de este Tribunal.
La Juez,
Abg. Emir Morr Núñez.
La Secretaria,
Abg. Pilar Valverde.
En la misma fecha se tomó razón y se cumplió con lo ordenado. Entréguese original a la solicitante.
La Secretaria,
Abg. Pilar Valverde.
Exp. N° 1351/06.
EMN/pv/mdr.-
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