Exp. Nº 948-05
REPUBLICA B OLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA, COCOROTE Y VEROES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Vista la INHIBICIÒN formulada por la secretaria temporal de este Juzgado, en el presente expediente, este tribunal observa: Que de su exposición, la funcionaria inhibida invoca el artículo 82, Numeral 9º del Código de Procedimiento Civil, manifestando haber prestado su patrocinio a favor de los sucesores desconocidos del co-demandado en el presente juicio ciudadano JUAN BAUTISTA SANCHEZ, es por lo que considera que dicha inhibición debe prosperar y así se decide.
En virtud de las anteriores consideraciones, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA, COCOROTE Y VEROES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Inhibición interpuesta por la funcionaria designada Secretaria Temporal en este Tribunal.
SEGUNDO: SE ACUERDA designar como Secretaria Accidental para conocer en la presente causa, a la ciudadana: CARMEN YECENIA NORIEGA ROMERO, titular de la cédula de identidad número 5.456.188 Asistente de Tribunal, adscrita a este Juzgado, a quien se acuerda notificar a objeto de que de su aceptación o excusa y en el primer supuesto, preste el juramento de Ley.
TERCERO: SE ACUERDA designar como Defensor Ad- Liten del co-demandado en el presente juicio ciudadano JUAN BAUTISTA SANCHEZ, titular de la cédula de identidad número 1.177.395, al abogado OSCAR ALFREDO FUENMAYOR RIVERO, venezolano, titular de la cédula de identidad número 17.255.398, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado con el número 120.904 y de este domicilio, a quien se acuerda notificar a objeto de que de su aceptación o excusa y en el primer supuesto, preste el juramento de Ley.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA, COCOROTE Y VEROES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, en San Felipe, a los 24 días del mes de octubre del año 2006. Años 195º de la Independencia y 147º de la Federación
El Juez,
Hebert Javier Perozo Araujo
La Secretaria Temporal,
Abg. Neyra J. Herrera
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