República Bolivariana de Venezuela
En Su Nombre
Juzgado de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides
Bastidas de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy
Guama: Martes, tres (03) de Octubre de 2006.
AÑOS: 196º y 147º


El presente procedimiento de Pensión de Alimentos, se inicio por solicitud interpuesta por ante este Juzgado en fecha treinta (30) de Octubre de 2000, por la ciudadana CLEIDIS MARINA GUTIERREZ, titular de la cédula de identidad Nº 12.082.990, contra el ciudadano ÁNGEL ALEXANDER SANCHEZ GUEDEZ titular de la cédula de identidad Nº 12.076.663, en beneficio de su hijo Identidad omitida de conformidad con el Artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente.

En virtud de lo solicitado por la prenombrada ciudadana demandante en la diligencia que antecede, este Juzgado acuerda de conformidad el cierre y archivo del presente expediente y su remisión al Archivo Judicial.

Tómese razón en el Libro Diario y cúmplase con lo ordenado. Publíquese en la página web de este Juzgado, regístrese y déjese copia certificada, a los efectos indicados en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.

Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Juzgado, en Guama, a los tres (03) días del mes de Octubre del año Dos Mil Seis (2006). Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación.

La Juez Provisorio,
El Secretario,

Abg. Ligia Ode Silveira.
Abg. Juan Carlos. Santos A.

En esta misma fecha, siendo las 02:00 p.m. se publicó la anterior sentencia.

El Secretario,


Abg. Juan Carlos Santos A.



LOS/Jcsa/fidel.
Exp N° 111/00.