REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY


Visto la diligencia suscrita y presentada por la ciudadana CARMEN VICTORIA HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nº. 12.078.940, Igualmente del análisis exhaustivo del expediente se evidencia que desde fecha 14 de febrero de 2006, fue admitida solicitud por aumento de obligación alimentaria, también se evidencia de las actas procesales las gestiones realizadas para la citación y consignación de constancia de trabajo del obligado alimentario, por lo cual al folio 43 se observa solicitud por parte de la demandante para que le sea retenida provisionalmente la pensión de alimentos y al folio 42 y 43 se encuentra consignada la constancia de trabajo del ciudadano JOEL RAMON ARIAS ROJAS, ya que desde el mes de febrero hasta la presente fecha no se ha podido citar al demandado de autos, es por lo que este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA: Fijar provisionalmente el aumento de la Obligación Alimentaria hasta tanto se dicte o se convenga el aumento de la pensión de alimentaria en la cantidad de CIENTO SETENTA MIL BOLIVARES (Bs. 170.000,oo) mensuales, los cuales deberán ser descontados y retenidos del sueldo que devenga el ciudadano JOEL RAMON ARIAS ROJAS, por ante el departamento de personal del Ejercito, ubicado en el Fuerte Tiuna, Caracas y ser depositados en la cuenta corriente Nº. 0007-0127-11-0000000097 de Banfoandes a nombre de la Corte Suprema de Justicia a partir del presente mes (noviembre) año 2006, pudiendo ser esta fijada por una cantidad mayor o menor que la aquí establecida. Todo bajo el Interés Superior de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA y de conformidad con lo establecido en el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Librese Oficio.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA
Dado, Firmado y Sellado en el Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Chivacoa a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil seis (2006). AÑOS. 196º y 147º
La Juez Tem.,

Abg. EFRAIN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,

YSAURA GIMENEZ
En la misma fecha se publico y registro la anterior sentencia, siendo las 10.30 a.m.,
La Secretaria,

YSAURA GIMENEZ




EXP. CIVIL Nº. 1076/06
LCM. cem