REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO
ASUNTO No: UP11-L-2006-000081
En el día de hoy, Martes Veinticuatro (24) de octubre del año dos mil seis (2006), siendo las once (11:00 a.m.) de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia oral y pública con motivo de la demanda de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS interpuesta por la ciudadana ADELIS GRATEROL contra el INSTITUTO AUTONOMO DE CULTURA Y SERVICIOS EDUCACIONALES DEL ESTADO YARACUY Y ASOCIACION CIVIL APOYO SOLIDARIO. Anunciado como fuera el acto a las puertas del Tribunal, se encuentra presente la parte actora a través de la ciudadana ADELIS YANET GRATEROL, Titular de la Cédula de Identidad N° 12.724.011 SIN LA ASISTENCIA DE ABOGADO. Se encuentra presente la parte demandada a través de la Apoderada Judicial del INSTITUTO AUTONOMO DE LA CULTURA Y SERVICIOS EDUCACIONALES DEL ESTADO YARACUY Abogada YOSELIN SANDREA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 60.608, el apoderado judicial de la PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO YARACUY Abogado JUAN SANCHEZ ATENCIO, carácter éste que acredita mediante instrumento poder que consigna en este acto para su certificación y devolución. Asimismo, se encuentra presente el codemandado, ciudadano FELIX PARRA, titular de la cédula de identidad N° 817.227 asistido por la abogada ELIZABETH MALDONADO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 37.261. Seguidamente se declara constituido el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con la presencia de la ciudadana Juez Abogado OLGA NUÑEZ DE MEZA, la secretaria temporal Abogado ZORAN GARCIA DIAZ y el Alguacil NEIL ALTUVE, por lo que se da inicio a la presente audiencia.
Tomó la palabra la ciudadana Juez e indicó: Con el ánimo de preservar el derecho de defensa y asistencia jurídica consagrados en el articulo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, vista la presencia de las actoras sin la debida asistencia de abogado, este Tribunal declara la REPROGRAMACION del presente acto, por una sola vez, debiendo la demandante, para la oportunidad que se fije el acto comparecer asistida o representada por abogado. Este Juzgado fija el acto de la celebración de la audiencia para el día MARTES CATORCE (14) DE NOVIEMBRE DE 2006 A LAS NUEVE (09:00 AM) DE LA MAÑANA.
La Juez de Juicio;
Abg. OLGA NUÑEZ DE MEZA
PARTE DEMANDANTE
ADELIS GRATEROL
POR LA PARTE DEMANDADA
PARTE DEMANDADA
INSTITUTO AUTONOMO DE LA CULTURA DEL ESTADO YARACUY
Abg. YOSELIN SANDREA
PROCURADURIA GENERAL DEL ESTADO YARACUY
Abg. JUAN SANCHEZ ATENCIO
CODEMANDADO
ASOCIACION CIVIL APOYO SOLIDARIO
FELIX PARRA Abg. Asist. ELIZABETH MALDONADO
La Secretaria Temporal;
Abg. ZORAN GARCIA DIAZ
El Alguacil;
NEIL ALTUVE
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