REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, Veintiséis (26) de Octubre de 2006.
196º y 147º
ASUNTO: UP11-L-2006-00437.-
Vista la anterior demanda, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, una vez revisado como ha sido el libelo de demanda; se abstiene de admitir la misma y acuerda el DESPACHO SANEADOR por no llenarse en él los requisitos establecidos en los numerales 3º y 4º del Artículo 123 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por cuanto este Tribunal observa PRIMERO: Incongruencia entre lo narrado y explayado al folio Tres (03) y lo relatado y explayado al folio Cuatro (04), al no llevarse una secuencia lógica de lo relatado, creándole a este juzgado una total confusión para el momento de la revisión de la presente demanda; SEGUNDO: Incongruencia total en lo relatado en el folio diez (10) con lo narrado al folio Once (11) por apreciarse una desordenada redacción; TERCERO: Disparidad entre letras y números en el monto total reclamado por concepto de Prestaciones Sociales. En consecuencia, se insta a la parte actora a que corrija y realice una revisión y reordenación del escrito libelar presentado y sometido a la consideración de esta instancia, dentro del lapso de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha en que conste en autos la notificación ordenada; caso contrario, se decretará la Perención de conformidad con los artículos 124 y 5 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Expídase boleta de notificación y entréguese al Alguacil a los fines de que practique la notificación ordenada. Cúmplase con lo ordenado.-

El Juez,

Abg. DANIEL ALBERTO ROMÁN CONTRERAS
La Secretaria,


Abg. MIRBELIS ALMEA ALVAREZ


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.-

La Secretaria,


Abg. MIRBELIS ALMEA ALVAREZ


DARC/MAA/RubénArrieta.-