REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Cuarto de Sustanciación, Mediación, Y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Yaracuy
San Felipe, Veintisiete (27) de octubre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: UP11-L-2006-000249.-
Visto que la Audiencia Conciliatoria en el presente asunto, estaba prevista para el día Lunes 30-10-06, a las 10:00 (AM) de la mañana y la ciudadana Juez del despacho se encuentra de reposo medico por Diez (10) días, por presentar Mononucleosis Infecciosa, según constancia medica expedida el, 23-10-2006, por el Doctor MARIO GALLO C.M.Y: 262, M.S.D.S: 6890, de la Policlínica San Felipe. En consecuencia éste Tribunal en aras de cumplir con dicha fase del proceso laboral, la cual es la Conciliación entre las partes, acuerda diferir la Audiencia Conciliatoria para el día VIERNES 10-11-2006, a las 10:00 (AM). No se ordena notificar a las partes, por cuanto las mismas se encuentran a derecho de conformidad con el Artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
LA JUEZ:
Abg. MARY SALOME SALCEDO.
LA SECRETARIA,
Abg. GRECIA VERASTEGUI.