REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 28 DE Septiembre de 2006.
Años: 194° y 147°.
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de las testigos presentados por las partes interesadas, ciudadanos: MOISES ENRIQUE CARRILLO RIVERO, y JULIO ENRIQUE DIAZ ZERPA, ambos Venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédulas de Identidad Números: 4.972.680 y 1.856.513, respectivamente, ambos domiciliados en el Estado Yaracuy; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO sobre unas bienhechurías enclavadas en un àrea de terreno propiedad del Municipio y que tienen una superficie de Ciento Setenta y Dos metros cuadrados (172 Mts. 2) y un área de construcción de Ochenta y Dos metros cuadrados (82 Mts.2), ubicadas en el barrio Pilco Mayo, Carrera 13 entre calles 1 y 2 de Yaritagua, Municipio Peña del Estado Yaracuy, constituidas por una casa de paredes de bloques, techo de acerolit, piso de cemento, cerca con paredes de bloques, distribuida de la siguiente manera: Tres (03) habitaciones; una (01) sala, Una (01) cocina empotrada; un (01) comedor; un (01) Baño con cerámica; un (01) porche de Platabanda; un (01) Garaje y con todo el piso de cemento; enmarcada dentro de los siguientes linderos: Norte: Casa de Josè Addun, en línea de Diez Metros con Diez Centímetros (10,10 m); Sur: carrera 13 que es su frente, en linda de Nueve Metros con Veinte Centímetros (9,20 m); Este; Casa de Juan Castillo, en línea de Diecisiete metros con Ochenta Centímetros (17,80 M) y Oeste: Casa de Felipe Tovar, en línea de Diecisiete Metros con Ochenta Centímetros (17,80 M). A favor de la ciudadana: MARIA FELICIA MOYETONES CARDENAS, mayor de edad, venezolana, soltera, titular de la Cédula de Identidad N° 7.334.797, de este domicilio. Devuélvase original con sus resultas a las partes interesadas y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal.- Se le asignó el N° 887 /2006.
La Jueza

Abg. María de Lourdes Camacaro de Aular

La Secretaria Acc,


Elides María Mújica Torres


En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante de ( ) folios útiles.-


La Secretaria Acc,


Elides María Mújica Torres