JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

San Felipe, 13 de Abril del Año 2007.
Años: 196° y 148°.


Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: DIAZ ZERPA JULIO ENRIQUE, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de Identidad No. 1.856.513 y domiciliado en la Vereda 43 N° 16 Urbanización la Ascensión del Municipio San Felipe del Estado Yaracuy; y LOPEZ SEQUERA ELIO SANTIAGO, venezolano, mayor de edad, soltero titular de la Cedula de Identidad N° 11.645.766 domiciliado en la Calle principal, Cañaveral Municipio Independencia del Estado Yaracuy; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO sobre unas Bienhechurias en un área de terreno municipal, la cual mide aproximadamente siete metros con ochenta y cinco centímetros (7,85 Mts) de frente por diez metros (10 Mts) de fondo, ubicado en la Avenida Sucre entre calles 12 y 13, Barrio el Manguito del Municipio Autónomo Cocorote Estado Yaracuy y alinderado así: Por el NORTE: Casa y solar del señor Pedro Rivas; SUR: Casa que es o fue del señor Almodio Leal; ESTE: Casa de Eusebio Albino Rivas y OESTE: Casa de la señora Bartola Villegas, dichas bienhechurias consisten en unas cercas perimetrales en paredes de bloque, sembradíos de árboles frutales, a favor del ciudadano: ISAEL SALVADOR GARCÍA RIERA, Venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad No 13.095.692, y de este domicilio. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó No.259/2007.-

La Jueza,


Abg. María de Lourdes Camacaro de Aular,


La Secretaria,


Abg. Karelia Marilu López Rivero


En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte Interesada.- La Secretaria.-