JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 17 de Abril del Año 2007.
Años: 196° y 148°.
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: MOISES ENRIQUE CARRILLO RIVERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No. 4.972.680 y domiciliado en la Tercera avenida entre calles Nueve (9) y Av. Caracas casa N° 09-11 Municipio San Felipe del Estado Yaracuy; y LOPEZ SEQUERA ELIO SANTIAGO, venezolano, mayor de edad, soltero titular de la Cedula de Identidad N° 11.645.766 domiciliado en la Calle principal, Cañaveral Municipio Independencia del Estado Yaracuy; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO sobre unas Bienhechurias, consistentes en una (1) casa de habitación con las siguientes características: Paredes de bloques, piso de cemento pulido, techo de zinc, distribuida en : Cuatro (4) habitaciones, una (1) cocina, un (1) baño, un (1) porche, un (1) lavandero, una (1) sala- comedor, un (1) corredor, un (1) garaje, dos (2) ventanas de hierro, con un área de construcción de: Ciento Veintiséis Metros Cuadrados con Ochenta y Siete Centímetros (126.87 Mts2), fomentadas sobre un lote de terreno municipal, que mide por el norte treinta y nueve metros con treinta y seis centímetros (36,36 Mts); por el sur treinta y seis metros con cincuenta centímetros (36,50 Mts) por el este Veinte metros (20,00 Mts), por el oeste seis metros con ochenta centímetros (06,80Mts), para un área total de cuatrocientos noventa y cuatro metros cuadrados con sesenta y cinco centímetros (494,65 Mts2), ubicado en la calle 07 entre avenidas 05 y 06 de San Pablo, Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy, no posee número catastral, cuyos linderos particulares son los siguientes: Por el NORTE: Zanjón el Rajo y áreas verdes; SUR: Solar y Casa que es o fue de la Sra. Magalis Loyo; ESTE: Calle siete (07) y OESTE: Zanjón el Rajo, a favor de los ciudadanos: MARJHONN JOSE ALBERTO RODRIGUEZ CAMACHO, YHONMAR RAMON RODRIGUEZ CAMACHO, ELYGREY JOSE ALBERTO RODRIGUEZ CAMACHO, venezolanos, mayores de edad hábiles civilmente, titulares de la cédula de Identidad N° 17.468.430, 17.468.501 Y 20.467.623 respectivamente, con domicilio procesal en la Avenida 7, entre calles 14 y 15, de la Ciudad de Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó No.268/2007.-
La Jueza,
Abg. María de Lourdes Camacaro de Aular,
La Secretaria,
Abg. Karelia Marilu López Rivero
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte Interesada.- La Secretaria.-
|