JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 17 de Abril de 2007.
Años: 196° y 148°.
Vista las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada ciudadanos: CARRION GUDIÑO GRISELDA MARGARITA, Venezolana, mayor de edad, Soltera, titular de la cédula de Identidad No. 11.276.191 y domiciliada en Urbanización La Pradera, vereda E, No. 62 Municipio Cocorote del Estado Yaracuy Y CASTILLO SILVA WLADIMIR JOSE, Venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de Identidad No. 15.482.273 y domiciliado en barrio Las Madres callejón Corocito Municipio Independencia del Estado Yaracuy; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO sobre unas bienhechurias construidas sobre un área de terreno Municipal, con una superficie de Trece metros con Veinte centímetros (13,20mts) de frente por Nueve metros con Setenta centímetros (9,70mts) de fondo, ubicada en la 6ta. Av. Entre calles 27 y 28 Municipio Independencia del Estado Yaracuy, constituidas por una casa, alinderada de la siguiente manera: NORTE. 6ta. Av. Que es su frente, SUR: Propiedad de Tomas Calvetti; ESTE: Casa de Tomas Salazar y OESTE: Casa de Reina de Garrido; casa esta distribuida de la manera siguiente: Sala-recibo, comedor, dos (2) dormitorios, cocina, una sala de baño, lavadero, patio totalmente cercado de bloque. A favor de la ciudadana MARIA ELENA HORBANJ RAMIREZ, Venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.273.672 y de este domicilio. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No 270/2007.
La .Jueza,
Abg. María de Lourdes Camacaro de Aular La .Secretaria,
Abog. Karelia Marilú López Rivero
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante
La Secretaria,
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