JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 27 de Abril de 2007.
Años: 196° y 148°.
Vista las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada ciudadanos: RIVERO NOGUERA MARIBEL, Venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de Identidad No. 12.278.252 y domiciliada en avenida 4 con avenidas 11 y 12 Guatanquire Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy Y PERDOMO JUAN ZENON, Venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de Identidad No. 5.461.279 y domiciliado en Chivacoa jurisdicción del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO sobre unas bienhechurias construidas en un lote de terreno propiedad del IAN ahora INTI, con un área de terreno que mide CIENTO NOVENTA METROS CON CINCUNETA Y TRES CENTIMETROS CUADRADOS, (190,53mts2), que se encuentra ubicado al final de la calle 8 callejón 1, barrio banco obrero, Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, consistentes en una cerca de estantillos de madera y una construcción de paredes de bloques, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa y solar que es o fue de Mireya Buque, SUR: Calle 8, ESTE: Callejón 1 que es su frente y OESTE: casa y solar que es o fue de Douglas Pérez. A favor de la ciudadana: SOLMERY SALAS, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.669.825 y con domicilio en la ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No 303/2007.
La .Jueza,

Abg. María de Lourdes Camacaro de Aular La .Secretaria,

Abog. Karelia Marilú López Rivero
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante de ( ) folios útiles.-
La Secretaria,


Abog. Karelia Marilú López Rivero