JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 27 de Abril del Año 2007.
Años: 196° y 148°.
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: GOMEZ MARTÍNEZ FELIZMON, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de Identidad N° 4.478.161 y domiciliado en Sabana Larga en Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; y FIGUEROA DE PEREZ SIMONA MERCEDES, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cedula de Identidad N° 3.257.359, domiciliada la Calle 20 entre avenidas dos y tres en el Municipio San Felipe del Estado Yaracuy; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO sobre unas bienhechurias ubicadas en un lote de terreno municipal del Municipio Independencia Estado Yaracuy, ubicado en el sector Vista Alegre, el cual mide aproximadamente trece (13) metros de frente por veinte (20) metros de fondo el cual se encuentra signado con el N° 33, y comprendido dentro de los siguientes linderos: Por el NORTE: Urbanización Vista Alegre con Urbanización La Villa; SUR: Quebrada la Culequera; ESTE: Parcela que es o fue de Yerleny Yuriber y OESTE: Parcela que es o fue de Jessica Mújica, unas bienhechurias consistentes en un (1) sembradío de aguacate, naranjo, plátano, yuca; a favor del ciudadano: MUJICA PARADA JONATHAN JOSÉ, mayor edad, venezolano, soltero, titular de la cédula de Identidad N° 16.260.354; de este domicilio. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó No.304/2007.-
La Jueza,
Abg. María de Lourdes Camacaro de Aular,
La Secretaria,
Abg. Karelia Marilu López Rivero
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte Interesada.- La Secretaria.-
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