REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
ARCHIVO
Nº 246-2001
DEMANDANTE WILMER JOSE ACOSTA HEREDIA, ADELA YELITZA COLMENAREZ, CRISALIDA ANGELICA MENDOZA VASQUEZ, HERNAN GUSTAVO REBOLLEDO PERAZA, YRIS JOSEFINA PEREZ BENCOMO, ROSA MAYLEN GIMENEZ BEROES, SABAS ELOGIO QUERALES, AIDA MARGARITA BARBOZA OSORIO.
DEMANDADO:
ALCALDÍA DEL MUNICIPIO BRUZUAL
MOTIVO:
CALIFICACIÓN DE DESPIDO
Se inicia el presente escrito presentado por el ciudadano: WILMER JOSE ACOSTA HEREDIA, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 12.285.904, domiciliado en la Calle Principal Barrio El Samán Campo Elías, y quien expone que en fecha 09-01-96 ingresó a laborar como Fiscal bajo las órdenes de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO BRUZUAL, hasta el día 18-12-00 fecha en que fue despedido, devengando un salario de 126.240 Mensual. Es por lo que solicito al Tribunal se sirva citar al Alcalde del Municipio Bruzual y que sea ordenado su reenganche y el pago de los salarios caídos en virtud de su despido. Al folio 2 cursa Auto del Tribunal donde se le da entrada y se acuerda citar al Representante Legal de la Alcaldía del Municipio Bruzual. Al folio 3 cursa Boleta de Citación debidamente firmada librada al ciudadano Alcalde del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, para que de contestación. Al folio 4 el Tribunal deja Constancia que el Acto Conciliatorio no se llevó a cabo por cuanto no compareció el representante legal de la Alcaldía del Municipio Bruzual, ni el Trabajador Wilmer José Acosta Heredia. Al folio 6 cursa acta presentada por la ciudadana: ADELA YELITZA COLMENAREZ, titular de la Cédula de Identidad N° 7.907.028, domiciliada en Avenida 7 entre Calle 18 y 19 Peguaima Municipio Bruzual, quien expone que en fecha 09-01-96 ingresó a trabajar como Secretaria en la Alcaldía del Municipio Bruzual Estado Yaracuy, hasta el 18-12-00. Fecha en que fue despedida, es por ello que solicito al Tribunal se sirva citar a la mencionada Alcaldía. Al folio 7 cursa auto del Tribunal donde se admite solicitud de Calificación de Despido y se acuerda citar a las partes. Al folio 8 corre inserta Boleta de Citación firmada por representante de la Alcaldía. Al folio 9 el Tribunal deja constancia que no se llevó a cabo el acto conciliatorio por cuanto no compareció el representante legal de la Alcaldía del Municipio Bruzual ni la Trabajadora ADELA YELITZA COLMENAREZ. Al folio 11 cursa acta de Solicitud de Calificación de Despido presentada por la ciudadana: CRISALIDA ANGELICA MENDOZA VASQUEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 13.984.558, domiciliada en Teteiba Segunda Calle Casa N° 7634 Parroquia Campo Elías del Municipio Bruzual, quien expone que en fecha 09-01-96 ingresó a trabajar como Escribiente en la Alcaldía del Municipio Bruzual, hasta el 18-12-00, fecha en que fue despedida, es por ello que solicito al Tribunal se sirva citar a la mencionada Alcaldía. Al folio 12 cursa auto del Tribunal donde se admite la presente solicitud de Calificación de Despido y se acuerda citar a las partes. Al folio 13 cursa Boleta de Citación firmada por representante Legal de la Alcaldía del Municipio Bruzual Estado Yaracuy. Al folio 14 el Tribunal deja constancia que no se llevó a cabo el acto conciliatorio por cuanto no compareció el representante legal de la Alcaldía del Municipio Bruzual ni la Trabajadora CRISALIDA ANGELICA MENDOZA VASQUEZ. Al folio 16 cursa acta de Solicitud de Calificación de Despido presentada por el ciudadano: HERNAN GUSTAVO REBOLLEDO PERAZA, titular de la Cédula de Identidad N° 3.846.193, domiciliado en la Calle 6 Bicentenario Casa N° 7 del Municipio Bruzual, quien expone que en fecha 13-01-97 ingresó a trabajar como Escribiente en la Alcaldía del Municipio Bruzual, hasta el 18-12-00, fecha en que fue despedido, es por ello que solicito del Tribunal se sirva citar a la mencionada Alcaldía. Al folio 17 cursa auto del Tribunal donde se admite la presente solicitud de Calificación de Despido y se acuerda citar a las partes. Al folio 18 cursa Boleta de Citación firmada por representante Legal de la Alcaldía del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Al folio 19 el Tribunal deja constancia que no se llevó a cabo el acto conciliatorio por cuanto no compareció el representante legal de la Alcaldía del Municipio Bruzual ni el Trabajador HERNAN GUSTAVO REBOLLEDO PERAZA. Al folio 21 cursa acta de solicitud de Calificación de Despido presentada por la ciudadana: YRIS JOSEFINA PEREZ BENCOMO, titular de la Cédula de Identidad N° 6.703.938, domiciliada en la Urb. José Félix Rivas del Municipio Bruzual, quien expone que en fecha 09-01-96 ingresó a trabajar como Encuestadora en la Alcaldía del Municipio Bruzual, hasta el 18-12-00, fecha en que fue despedida, es por ello que solicito del Tribunal se sirva citar a la mencionada Alcaldía. Al folio 22 cursa auto del Tribunal donde se admite la presente solicitud de Calificación de Despido y se acuerda citar a las partes. Al folio 23 cursa Boleta de Citación firmada por representante de la Alcaldía del Municipio Bruzual Estado Yaracuy. Al folio 24 cursa auto del Tribunal donde se deja constancia que no se llevó a cabo el acto conciliatorio por cuanto no compareció el representante legal de la Alcaldía del Municipio Bruzual ni la Trabajadora YRIS JOSEFINA PEREZ BENCOMO. Al folio 26 cursa Acta de solicitud de Calificación de Despido presentada por la ciudadana: ROSA MAYLEN GIMENEZ BEROES, titular de la Cédula de Identidad N° 7.400.587, domiciliada en la Av. 9 entre Calle 20 y 21 Peguaima del Municipio Bruzual, quien expone que en fecha 09-01-97 ingresó a trabajar como Secretaria I en la Alcaldía del Municipio Bruzual, hasta el 18-12-00, fecha en que fue despedida, es por ello que solicita al Tribunal se sirva citar a la mencionada Alcaldía. Al folio 27 cursa auto del Tribunal donde se admite la presente solicitud de Calificación de Despido y se acuerda citar a las partes. Al folio 28 cursa Boleta de Citación firmada por representante de la Alcaldía del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Al folio 29 el Tribunal donde se deja constancia que no se llevó a cabo el acto conciliatorio por cuanto no compareció el representante legal de la Alcaldía del Municipio Bruzual ni la Trabajadora ROSA MAYLEN GIMENEZ BEROES. Al folio 31 cursa Acta de solicitud de calificación de Despido presentada por el ciudadano: SABAS EULOGIO QUERALES, titular de la Cédula de Identidad N° 4.482.711, domiciliado en el Caserío el Ceibal Calle La Pastora Casa N° 70 del Municipio Bruzual, quien expone que en fecha 09-01-96 ingresó a trabajar como Oficinista en la Alcaldía del Municipio Bruzual, hasta el 18-12-00, fecha en que fue despedido, es por ello que solicita al Tribunal se sirva citar a la mencionada Alcaldía. Al folio 32 cursa auto del Tribunal donde se admite la presente solicitud de Calificación de Despido. Al folio 33 corre inserta Boleta de Citación firmada por representante legal de la Alcaldía del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Al folio 34 cursa el Tribunal deja constancia que no se llevó a cabo el acto conciliatorio por cuanto no compareció el representante legal de la Alcaldía del Municipio Bruzual ni el Trabajador SABAS EULOGIO QUERALES. Al folio 36 cursa Acta de solicitud de calificación de Despido presentada por la ciudadana: AIDA MARGARITA BARBOZA OSORIO, titular de la Cédula de Identidad N° 4.159.451, domiciliado en la Av. Barrio Guaicaipuro N° 106-57-04 Casa Yaneida del Municipio Bruzual, quien expone que en fecha 08-01-96 ingresó a trabajar como Secretaria en la Alcaldía del Municipio Bruzual, hasta el 18-12-00, fecha en que fue despedida, es por ello que solicita al Tribunal se sirva citar a la mencionada Alcaldía. Al folio 37 cursa auto del Tribunal donde se admite la presente solicitud de Calificación de Despido y se acuerda citar a las partes. Al folio 38 corre inserta Boleta de Citación firmada por representante de la Alcaldía. Al folio 39 cursa el Tribunal deja constancia que no se llevó a cabo el acto conciliatorio por cuanto no compareció el representante legal de la Alcaldía del Municipio Bruzual ni la Trabajadora AIDA COROMOTO BARBOZA OSORIO. Al folio 40 cursa escrito presentado por el Abg. Juvenal Antonio Méndez asistiendo al ciudadano BIAGIO PILIERI, Alcalde y Presidente de la Cámara Municipal del Municipio Bruzual, donde se solicita que en virtud de que los expediente N° 246, 247, 248, 249, 250, 251, 252, y 254, pertenecen a ciudadanos que cumplieron funciones en la Sindicatura y en el Consejo Municipal del Municipio Bruzual, sean instruidos en un solo expediente las causas mencionadas por tratarse de un mismo demandante. Al folio 41 cursa Auto del Tribunal donde acuerda la acumular en un solo expediente las referidas causas. Al folio 42 cursa escrito de contestación a la demanda presentado por el Abg. Juvenal Antonio Méndez, asistiendo al ciudadano Biagio Pillieri Alcalde del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Al folio 44 cursa escrito de promoción de pruebas presentado por el Abg. Juvenal Méndez, Asistiendo al ciudadano Biaggio Pillieri Alcalde del Municipio Bruzual, donde pruebe el mérito de los autos, Promueve de reforma parcial de la Ordenanza de Administración y Ordenanza de Administración de Personal, publicado en Gaceta Municipal N° 232 Extraordinaria de fecha 14 de Julio de 1995, y marcado con la letra “B” extracto del 6to punto de la Sesión Ordinaria N° 32 de la Cámara Municipal del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, celebrada el 12 de Diciembre del año 2000. Al folio 67 cursa Auto del Tribunal donde se admite escrito de pruebas. Al folio 68 cursa Auto del Tribunal donde se declara el presente expediente es estado de sentencia. Al folio 69 cursa oficio remitido por este Tribunal solicitando al Representante Legal de la Alcaldía del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy constancia como fueron canceladas las prestaciones sociales a los ciudadanos antes mencionados. Al folio 70, cursa escrito presentado por el ciudadano Biaggio Pillieri G. Alcalde del Municipio Bruzual Estado Yaracuy, asistido por el Abogado Mario A. Seguerit, donde consignan copias fotostáticas de los recibos de pago de los ciudadanos: IRIS PÉREZ, AIDA M. BARBOZA O. CRISALIDA MENDOZA Y ROSA MAYLEN GIMENEZ. Al folio 83 cursa diligencia presentada por la ciudadana: ROSA M. GIMENEZ donde expone que fueron canceladas Prestaciones Sociales por la Alcaldía del Municipio Bruzual, la cual recibió conforme y desiste de la demanda de PRESTACIONES SOCIALES y solicita se Homologue y se Archive el presente Expediente. Al folio 85 cursa escrito presentado por la Abog. Dayana Leal en su carácter de Síndico Procurador donde consigna recibo de pago al ciudadano: WILMER ACOSTA, por la cantidad de TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS DICISIETE MIL BOLIVARES CON DIECIOCHO (Bs. 334.417.18) por concepto de Prestaciones Sociales. Al folio 87 cursa escrito presentado por la Abog. Dayana Leal en su carácter de Síndico Procurador donde consigna recibo de pago a la ciudadana: ROSA MAYLEN GIMÉNEZ, por la cantidad de DOS MILLONES OCHENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y UNO CON SESENTA Y TRES CÉNTIMOS (Bs. 2.086.581.63) por concepto de Prestaciones Sociales. Al folio 89 cursa escrito presentado por la Abog. Dayana Leal en su carácter de Síndico Procurador donde consigna recibo de pago al ciudadano: IRIS PÉREZ, por la cantidad de UN MILLON NOVECIENTOS VEINTISIETE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON SETENTA Y SEIS CON SETENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs. 1.927.249.76) por concepto de Prestaciones Sociales. Al folio 91 cursa escrito presentado por la Abog. Dayana Leal en su carácter de Síndico Procurador donde consigna recibo de pago al ciudadano: SABAS QUERALES, por la cantidad de SEISCIENTOS TREINTA Y TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON OCHENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 633.258.87) por concepto de Prestaciones Sociales. Al folio 93 cursa auto del tribunal donde se acuerda oficiar a la Alcaldía del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, a los fines de que informen si la ciudadana ADELA YELITZA COLMENAREZ cobró sus prestaciones sociales. Al folio 95 cursa oficio emanado de la Alcaldía del Municipio Bruzual remitiendo copia del recibo de pago de la ciudadana: ADELA COLMENAREZ, por concepto de prestaciones sociales. Al folio 100 cursa auto del Tribunal donde acuerda librar oficio Alcaldía del Municipio Bruzual para que informen si al ciudadano: HERNAN GUSTAVO REBOLLEDO PERAZA le cancelaron sus Prestaciones Sociales. Al folio 104 cursa Memorandum donde informan que al ciudadano: HERNAN GUSTAVO REBOLLEDO PERAZA, le fueron canceladas sus Prestaciones Sociales. Al folio 105, cursa auto del Tribunal donde se acuerda oficiar a la Alcaldía del Municipio Bruzual Estado Yaracuy, a los fines de que envíen copias fotostáticas del Recibo de pago del ciudadano: HERNÁN REBOLLEDO correspondiente a sus Prestaciones Sociales. Al folio 106 cursa diligencia presentado por el Apoderado Judicial de la Alcaldía del Municipio Bruzual Abg. EFRAIN ALEXANDER MOTOLONGO, donde consigna copia del Recibo de Pago del ciudadano: HERNAN REBOLLEDO y solicita la Homologación y archivo del presente expediente.
En consecuencia este JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por autoridad de la Ley Acuerda HOMOLOGAR, de conformidad con el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, el presente expediente de Solicitud de Calificación seguido por los ciudadanos: WILMER JOSE ACOSTA HEREDIA, ADELA YELITZA COLMENAREZ, CRISALIDA ANGELICA MENDOZA VASQUEZ, HERNAN GUSTAVO REBOLLEDO PERAZA, YRIS JOSEFINA PEREZ BENCOMO, ROSA MAYLEN GIMENEZ BEROES, SABAS ELOGIO QUERALES, AIDA MARGARITA BARBOZA OSORIO, contra ALCALDÍA DEL MUNICIPIO BRUZUAL DEL ESTADO YARACUY. Archívese el presente expediente para que en su oportunidad sea remitido al Archivo Judicial para su conservación y archivo.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, Firmada y sellada en la Sala de este Juzgado, en Chivacoa a los Diez (10) días del mes de Abril del Dos Mil Siete (2007). Años 196° y 147°
El Juez Temporal,
Abg. EFRAIN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,
YSAURA GIMENEZ BRITO
En esta misma fecha se publicó, siendo las 10:50 a.m.
La Secretaria,
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