REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO NIRGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

Nirgua, Dieciocho de Abril del año Dos Mil Siete.-
196º y 148º
Vista las actas que rielan a los folios 17 y 19 del presente expediente, donde se evidencia que los ciudadanos: WINSTON NOEL MONTES PINTO y FATIMA DEL VALLE GÓMEZ ARTEAGA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédulas de Identidad Nº V-7.910.530 y V-12.726.298, parte demandada y demandante, respectivamente, convinieron el monto del Aumento de la Obligación Alimentaría a favor de sus hijos: (Identificación Reservada), y donde el padre del mismo: “Se comprometió a pasar para la manutención de sus hijos la cantidad de: CIENTO VEINTE MIL BOLÍVARES (Bs.120.000,oo) MENSUALES, a partir de este mismo mes, adicional a la obligación se comprometió en aportar el 50% de los gastos que se ocasionen por atención medica, medicinas, cultura, útiles escolares, uniforme, calzado, vestidos, recreación y deporte cuando sea necesario; es todo”.- Es por ello que este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley y por cuanto lo convenido no es contrario al interés del niño y versa sobre derechos disponible ACUERDA: HOMOLOGAR LA CONCILIACIÓN SUSCRITA ENTRE LAS PARTES EN SUS PROPIOS TÉRMINOS, de conformidad con lo establecido en el Artículo 375 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente. La obligación alimentaría aquí establecida se ajustará en forma automática y proporcional conforme a lo dispuesto con el Artículo 369 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. -
Publíquese y Regístrese y Déjese Copia Certificada.-
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en Nirgua, a los Dieciocho (18) días del mes de Abril del año Dos Mil Siete.- Años 196° de la Independencia y 148° de la Federación.
EL JUEZ, Titular


Abog. Iván Palencia Arias.-
LA SECRETARIA, Titular


Abog. Melida Rodríguez.-

En esta misma fecha y siendo la 11:30 a.m., se publicó la anterior Decisión.-


La Secretaria, Titular.

I.PA/yrg