REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO
ASUNTO Nº UP11-S-2006-000064

En el día de hoy, martes veinticuatro (24) de abril del año dos mil siete (2007), siendo las once (11:00 a.m.) de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia oral y pública de evacuación de pruebas en la incidencia de tacha de testigos surgida con motivo de la pretensión de COBRO DE DIETAS NO CANCELADAS, incoada por el ciudadano JUNNELL JANOSKY LEDEZMA, titular de la cédula de Identidad Nº 11.650.343, en CONTRA de la empresa AGUAS DE YARACUY C. A., tal y como estaba previsto se anunció el acto a las puertas del Tribunal y al verificar la presencia de las partes, se deja constancia que el demandante JUNNELL JANOSKY LEDEZMA, ya identificado, compareció a la audiencia a través de su Apoderado Judicial Abogado ROBERT JOSE ZERPA TOVAR, inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 67.336. La parte demandada AGUAS DE YARACUY C. A. compareció a la audiencia a través de sus Apoderados Judiciales Abogados HAYARITH RAMIREZ y SEGUNDO RAMIREZ, inscritos en el INPREABOGADO bajo los números 55.012 y 30.758 respectivamente. Se deja constancia de la presencia de la Abogada MARYHUSKA ALONSO inscrita en el INPREABOGADO bajo el número 109.450, quien acude en representación de la Procuraduría General del Estado Yaracuy. Seguidamente se declara constituido el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con la presencia de la ciudadana Juez Abogada OLGA NUÑEZ DE MEZA, el secretario Abogado JOSE MUJICA ACOSTA y el Alguacil NEIL ALTUVE, por lo que se dio inicio a la audiencia.
Seguidamente se procedió a la evacuación de las pruebas aportadas por las partes en la incidencia de tacha de testigo:
PRUEBAS DE LA PARTE DEMANDANTE PROMOVENTE DEL TESTIGO TACHADO:
• Acta de Asamblea General Extraordinaria de Trabajadores de la Empresa Aguas de Yaracuy C. A. de fecha 06/04/2004: No hubo observaciones.
• Acta de Asamblea General Extraordinaria de Trabajadores de la Empresa Aguas de Yaracuy C. A. de fecha 17/12/2004: No hubo observaciones.
• Acta de Asamblea General Extraordinaria de Trabajadores de la Empresa Aguas de Yaracuy C. A. de fecha 22/04/2004: No hubo observaciones.
• Comunicación dirigida por la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores de la Empresa Aguas de Yaracuy C. A. al Presidente de dicha empresa: No hubo observaciones.
PRUEBAS DE LA PARTE DEMANDADA TACHANTE:
• Originales de Actas levantadas por ante la Inspectorìa del Trabajo del Estado Yaracuy en el marco de las discusiones del Contrato Colectivo: No hubo observaciones.
En este estado, evacuadas como han sido las pruebas, la ciudadana Juez se acogió al lapso establecido en el artículo 158 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para dictar el dispositivo del fallo el cual abarcará el pronunciamiento sobre la tacha así como el fondo de la controversia.
Vencido dicho lapso la Juez procedió a dictar el dispositivo del fallo, el cual es del siguiente tenor: En virtud de las razones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la tacha planteada por la parte demandada en relación al testigo WILMER LEON, ampliamente identificado. SEGUNDO: CON LUGAR la pretensión de COBRO DE DIETAS NO CANCELADAS, incoada por el ciudadano JUNNELL JANOSKY LEDEZMA, titular de la cédula de Identidad Nº 11.650.343, en CONTRA de la empresa AGUAS DE YARACUY C. A. TERCERO: Se condena a la empresa AGUAS DE YARACUY C. A., plenamente identificada en el expediente, a pagar al trabajador JUNNELL JANOSKY LEDEZMA, también identificado, los conceptos y cantidades que se indicarán en el texto íntegro de la sentencia. CUARTO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS. QUINTO: El Tribunal se reserva el lapso establecido en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para la publicación del texto íntegro de la sentencia.
Se deja constancia de que la audiencia se reprodujo en forma audiovisual.
La Juez 1ero de Juicio;

Abg. OLGA NUÑEZ DE MEZA

PARTE DEMANDANTE:


Abogado ROBERT JOSE ZERPA TOVAR

PARTE CODEMANDADA:


Abogada HAYARITH RAMIREZ


Abogado SEGUNDO RAMIREZ

POR LA PROCURADURÌA GENERAL DEL ESTADO YARACUY:


Abogada MARYHUSKA ALONSO

El Secretario

Abg. JOSE MUJICA ACOSTA

El Alguacil

NEIL ALTUVE