REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Yaracuy
San Felipe, Veinte (20) de Abril de dos mil siete
197º y 148º
ASUNTO: UP11-L-2007-000070.-
Visto que la audiencia en el presente asunto se encontraba fijada para el día de hoy 20/04/2007 a las Diez y Treinta (10:30 A.M.) horas de la mañana, y debido a que las partes de común acuerdo solicitaron la reprogramación de la audiencia, tal como se evidencia de la diligencia que corre inserta al folio veinticinco (25) del presente asunto, en consecuencia éste Tribunal en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, acuerda REPROGRAMAR la Audiencia Preliminar para el día VIERNES 27 DE ABRIL DE 2007, a las 10:00 AM. No se ordena notificar a las partes, por cuanto las mismas se encuentran a derecho de conformidad con lo establecido en el Artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
La Juez,
Abg. MARY SALOME SALCEDO.
La Secretaria,
Abg. Grecia Verastegui.