REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Juez Unipersonal Nº VI Sala de Juicio
Caracas, 12 de Abril de 2007
147° y 196°

Asunto: AP51-S-2006-001392
Motivo: Conversión de Separación de Cuerpos en Divorcio.
Solicitantes: MARIA DEL VALLE SICART Y JALON y MARIO ROBERTO SIMOZA CARRASCO, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº V- 6.973.210 y V-6.826.382 respectivamente.
Abogado Asistente: ALBA J. RONDON AVILA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 50.614
Niña: “…cuya identidad se omite por disposición del articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente…” .

Se da inicio a la presente causa por solicitud de separación de cuerpos y bienes, presentada en fecha diecinueve (19) de Enero de 2006, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial, por los ciudadanos MARIA DEL VALLE SICART Y JALON y MARIO ROBERTO SIMOZA CARRASCO, previamente identificados, asistidos por la Abogado ALBA J. RONDON AVILA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 50.614. Admitiéndose en fecha veintitrés (23) de Enero de 2006, la presente solicitud y de conformidad con lo establecido en el artículo 189 y 190 del Código Civil; decretándose la Separación de Cuerpos y Bienes solicitada por los cónyuges. Posteriormente, en fecha trece (13) de Marzo de 2007, comparecieron los ciudadanos MARIA DEL VALLE SICART Y JALON y MARIO ROBERTO SIMOZA CARRASCO, debidamente asistidos por la abogada ALBA J. RONDON AVILA, anteriormente identificada, y mediante diligencia solicitaron la conversión de Separación de Cuerpos y Bienes en Divorcio.
Ahora bien, visto que ha transcurrido mas de un año desde que se decreto la separación de cuerpos y bienes de los ciudadanos MARIA DEL VALLE SICART Y JALON y MARIO ROBERTO SIMOZA CARRASCO, previamente identificados; y los mismos no manifestaron que durante ese lapso hubo reconciliación entre ellos, esta Sala de Juicio; en atención a dicha solicitud de conversión, de los cónyuges antes identificados y por cuanto los supuestos antes explanados se encuentran contemplados en el primer aparte del artículo 185 del Código Civil, este JUEZ UNIPERSONAL Nº VI DE LA SALA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara con lugar la presente Conversión de la Separación de Cuerpos y Bienes en Divorcio. En consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos MARIA DEL VALLE SICART Y JALON y MARIO ROBERTO SIMOZA CARRASCO, previamente identificados, contraído por ante el Registro Civil del Municipio Chacao del Estado Miranda, en fecha siete (07) de Julio de 2.001, según Acta Nº 245, Tomo Nº 01, de los Libros de Matrimonio llevados por ese despacho.
En cuanto a la niña “…cuya identidad se omite por disposición del articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente…”, habida del matrimonio, esta Sala de Juicio homologa el acuerdo suscrito por las partes en su escrito de solicitud, en lo referente a patria potestad, régimen de visitas obligación alimentaría, guarda y custodia.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en la SALA DE JUICIO N ° VI DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, a los doce (12) días del mes de Abril de 2007. Año 197° de la Independencia y 148° de la Federación.-
EL JUEZ

JOSÉ ANGEL RODRÍGUEZ REYES
LA SECRETARIA

LIGIA CHALBAUD
En esta misma fecha, en horas de despacho, previo anuncio de Ley, se registro y publico la anterior sentencia.
LA SECRETARIA

LIGIA CHALBAUD


ASUNTO: AP51-S-2006-001392