REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, de Abril del 2007
197º y 148º

Por cuanto de una exhaustiva revisión de las actas que conforman el expediente, este Tribunal pudo constatar que no se ha cumplido con las disposiciones especiales del procedimiento oral, de conformidad con lo pautado en el Titulo XI, Capítulo I., artículos 859 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, toda vez que posterior al vencimiento del lapso para la contestación a la demanda no se fijó día y hora para que tuviera lugar la audiencia preliminar de conformidad con lo establecido en el artículo 868 del Código de Procedimiento Civil, mal podía transcurrir lapso alguno y menos aún proseguir con los actos subsiguientes del proceso, motivo por el cual resulta forzoso REPONER la presente causa al estado de que tenga lugar la audiencia preliminar a las ocho y treinta de la mañana (8:30 a.m.) del Quinto (5to) día de despacho siguiente a la constancia en autos que de la ultima notificación de la presente decisión de las partes se haga, con la consecuente nulidad de todo lo actuado desde el 11 de agosto del 2006, exclusive, fecha en la que venció el lapso para la contestación de la demanda. Así se precisa.
Por las razones expuestas, este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, REPONE la presente causa al estado de que tenga lugar la audiencia preliminar a las ocho y treinta de la mañana (8:30 a.m.) del Quinto (5to) día de despacho siguiente a la constancia en autos que de la ultima notificación de la presente decisión de las partes se haga, con la consecuente nulidad de todo lo actuado desde el 11 de agosto del 2006, exclusive, fecha en la que venció el lapso para la contestación de la demanda. Publíquese, Regístrese, Notifíquese a las partes y Déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los 25 días del mes de Abril del año 2007. Años 197º de la Independencia y 148º de la Federación.
La Juez.
María Rosa Martínez C.
La Secretaria.
Norka Cobis Ramírez.
En la misma fecha de hoy 25/04/2007 , previo el anuncio de ley, se publicó y registró la anterior decisión, siendo las
La Secretaria
Norka Cobis