EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 29 de Abril de 2008
Años: 198° y 149°


EXPEDIENTE : 5074



PARTE ACTORA : ARELYS MILAGROS GONZALEZ VALERA, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 11.686.344, y de este domicilio.



ABOGADA ASISTENTE PARTE ACTORA


: Abg. CARMEN RODRIGUEZ AMARO, Inpreabogado N° 106.094.

PARTE DEMANDADA

: JOSE REINALDO MENDOZA MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 10.365.727.

ABOGADO ASISTENTE PARTE DEMANDADA : Abg. CARMEN RODRIGUEZ AMARO, Inpreabogado N° 106.094.

MOTIVO
: DIVORCIO 185-A


La ciudadana ARELYS MILAGROS GONZALEZ VALERA, ya identificada, debidamente asistida por la abogada CARMEN RODRIGUEZ AMARO, Inpreabogado N° 106.094, solicitó de este Tribunal SE LE DECRETE LA DISOLUCIÓN DEL MATRIMONIO CONTRAIDO con el ciudadano JOSE REINALDO MENDOZA MORENO, el día 14 de abril de 1988, por ante la Prefectura del Municipio San Felipe, estado Yaracuy, hoy, Dirección de Registro Civil del Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, según comprobación que se hizo con la copia certificada del Acta de Matrimonio cursante al folio tres (3) del expediente, expedida por la mencionada Prefectura, fijando su domicilio conyugal en el Municipio San Felipe del Estado Yaracuy.
Alega la solicitante, que han permanecido separados de hecho sin mantener bajo ninguna circunstancia vida en común desde el año 1991 hasta la presente fecha, estando llenos los extremos legales establecidos en el artículo 185-A del Código Civil. De la unión matrimonial fue procreada una hija de nombre ARELYS KRISMAR MENDOZA GONZALEZ, quien nació el 01 de diciembre de 1988.
La solicitud fue admitida por auto de fecha 03 de agosto de 2007, ordenándose la citación del cónyuge JOSE REINALDO MENDOZA MORENO y de la Fiscal Séptimo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial.
Al folio 9 consta Boleta de Citación de la parte demandada debidamente firmada y consignada por el Alguacil de este Juzgado en fecha 02 de abril de 2008.
Al folio 10 cursa Boleta de Citación de la Fiscal Séptimo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, debidamente firmada y consignada por el Alguacil de este Juzgado en fecha 08 de abril de 2008.
Al folio 11 cursa Opinión Favorable de la Fiscal Séptimo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, debidamente firmada.
Al folio 12 consta diligencia del ciudadano JOSE REINALDO MENDOZA MORENO, en la cual se da por citado y renuncia al lapso de comparecencia y acepta en todas sus partes lo alegado en el escrito libelar por su cónyuge ARELYS MILAGROS GONZALEZ VALERA.

LLEGADO EL MOMENTO PARA DECIDIR LA PRESENTE SOLICITUD, EL TRIBUNAL LO HACE DE LA SIGUIENTE MANERA.

Como se observa, la legitimidad de las partes está demostrada con la copia certificada del Acta de Matrimonio, cursante al folio tres (3) del expediente, de la cual se constata que los esposos, ciudadanos ARELYS MILAGROS GONZALEZ VALERA y JOSE REINALDO MENDOZA MORENO; tienen mas de CINCO (5) años de casados, así como está demostrada la ruptura prolongada de vida en común, tal como lo alega la solicitante en su escrito libelar y aceptada por la parte demandada al folio 12.
Por tanto, esta Juzgadora considera que en el presente procedimiento se cumplieron todos y cada uno de los trámites procesales requeridos por el Legislador para su procedencia Y ASÍ SE DECIDE.
Por las razones anteriormente explanadas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO presentada por la ciudadana ARELYS MILAGROS GONZALEZ VALERA contra su cónyuge JOSE REINALDO MENDOZA MORENO, anteriormente identificados y DECLARA LA DISOLUCIÓN DEL VINCULO MATRIMONIAL CONTRAIDO ENTRE ELLOS por ante la Prefectura del Municipio San Felipe, estado Yaracuy, hoy, Dirección de Registro Civil del Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, según Acta inserta bajo el N° 85 de fecha 14 de abril de 1988.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En San Felipe a los 29 días del mes de abril de 2008. Años: 198° y 149°.
La Jueza,

Abog. WENDY C. YÁNEZ RODRÍGUEZ
La Secretaria Temporal,

T.S.U. ERMILA RODRIGUEZ
En esta misma fecha y siendo las 10:00 a.m. se publicó y registró la anterior decisión.
La Secretaria Temporal,

T.S.U. ERMILA RODRIGUEZ