REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de San Felipe
San Felipe, 20 de Agosto de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2008-003386
ASUNTO : UP01-P-2008-003386
Visto el escrito presentado en el día de hoy por el Fiscal Auxiliar Décimo Segundo del Ministerio Público Abogado Giampiero Gallardo, identificado con el Nª YA-F-12-02258/08, en el cual solicita a este Tribunal LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA POR EL TERRITORIO, de conformidad con lo establecido en los artículos 285 de la Constitución de Republica Bolivariana de Venezuela, del articulo 37 Ordinales 3 y 11 de la Ley Orgánica del Ministerio Publico; 108 Numeral 14 del Código Orgánico Procesal Penal y 57 Eiusdem; Toda vez que en fecha 18 de agosto de 2008, funcionarios de la Guardia Nacional, del Comando regional Nª 4, Destacamento 45, Segunda Compañía, en el Punto de Control Fijo de Caseteja, funcionarios adscritos a dicho Organismo de Seguridad encontrándose de servicio de en el punto de control antes mencionado, en la carretera nacional Lara –Yaracuy, en el tramo que conduce hacia el estado Yaracuy, al realizar inspección selectiva a vehículos que por alli circulan, observando un vehículo con las siguientes características: Marca DAEWOO, Modelo: Cielo BX/S, Color; Plata; Capacidad; Cinco puestos; Placas: KAG-43Y, en el cual se trasladaban dos personas, los funcionarios le piden que se estacione para hacerle una inspección al mismo, por lo que le solicitan los documentos personales y del Vehículo al conductor del mismo, quedando identificado como Montes García Iván Arcángel, cedulado con el Nª 8.516.789, de 41 años de edad, residenciado en el barrio Francisco de miranda, calle 24 de Julio N104-34, Valencia Estado Carabobo; y su acompañante TOMAS ANTONIO DIAZ GOITO, cedula de identidad Nª 10.583.223 nacido en fecha 05/07/68 de 40 años de edad, residenciado en residenciado en el barrio Francisco de Miranda, calle el parque, N 104-36, Valencia Estado Carabobo; Procediendo los funcionarios de la Guardia Nacional a verificar los mismos, a través del 171, obteniendo la información que el ciudadano: TOMAS ANTONIO DIAZ GOITO, cedula de identidad Nª 10.583.223, se encuentra requerido por el tribunal Cuarto de ejecución del Estado Carabobo, con orden de captura, por lo que proceden a detenerlo y ponerlo a la orden del Ministerio publico; quien a su vez presenta escrito en el día de hoy de declinatoria de competencia; por lo que el tribunal al revisar las actuaciones y verificar que según la información aportada por el ministerio publico en el presente asunto, ordena la DECLINATORIA DE COMPETENCIA al Estado Carabobo, de conformidad con lo establecido en el articulo 57 de la Norma Adjetiva Penal. Y ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA
Se acuerda lo solicitado por el ministerio publico en cuanto a la declinatoria de competencia al Estado Carabobo, del ciudadano: TOMAS ANTONIO DIAZ GOITO, cedula de identidad Nª 10.583.223 nacido en fecha 05/07/68 de 40 años de edad, residenciado en residenciado en el barrio Francisco de Miranda, calle el parque, N 104-36, Valencia Estado Carabobo, toda vez que el mismo fue detenido en fecha Toda vez que en fecha 18 de agosto de 2008, funcionarios de la Guardia Nacional, del Comando regional Nª 4, Destacamento 45, Segunda Compañía, en el Punto de Control Fijo de Caseteja, y al ser revisado el sistema los funcionarios aprehensores constatan que el mismo se encuentra se encuentra requerido por el tribunal Cuarto de Ejecución del Estado Carabobo, con orden de captura en el asunto Nª GL-01P-2003-001042; Ordenándose en consecuencia que el mismo sea trasladado de manera inmediata desde la Comandancia de policía del estado Yaracuy, a la Comandancia de policía del Estado Carabobo, en donde quedara en calidad de deposito, quien deberá presentar de manera inmediata comunicación en la cual pone a disposición al ciudadano antes mencionado a la orden del tribunal de ejecución Nª 4, de dicho estado; Igualmente se ordena nombrar Correo Especial a u alguacil de este Circuito Judicial Penal, con la finalidad que traslade el presente asunto, en el cual se encuentran las actuaciones presentadas por el ministerio publico y lo decidido por este tribunal, Ofíciese lo ordenado. Cúmplase.
El Juez de Control Nª 5
Abg. Fernando Salcedo Castillo La Secretaria