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ASUNTO PRINCIPAL 	: UP01-P-2006-000391
 ASUNTO 			: UP01-P-2006-000391
 
 Revisada el presente asunto del penado LUIS ALBERTO SANDOVAL, venezolano, de 24 años de edad, nacido en fecha 02-01-1981, soltero, obrero, titular de la cedula de identidad N° 22.202.083, residenciado en la calle principal del Barrio Cabimba, calle N° 01 vía Manzanita, casa S/N, Municipio Peña, Estado Yaracuy,  se procede a la actualización del cómputo del penado de autos, este Tribunal lo hace de la siguiente manera:
 PRIMERO: El penado fue condenado por el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en función de Control N° 05 de este Circuito Judicial Penal en fecha 08-02-2007, a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de Homicidio Intencional Simple y Porte Ilícito de arma, previstos y sancionados en los artículos 405 y 277 ambos del Código Penal.
 SEGUNDO: Se  evidencia  en  autos  que  el  penado fue detenido el día 18 de Febrero del 2006  hasta la presente fecha (06/08/2008) por lo que se infiere que tiene detenido DOS (2) AÑOS CINCO (5) MESES Y DIECIOCHO (18) DIAS. Por lo que le falta por cumplir de la Pena  impuesta  NUEVE  (9)  AÑOS  SEIS (6)  MESES Y DOCE (12) DIAS. Pena que se vence el día 18 de Febrero del 2018.  Así mismo  se  le notifica al penado LUIS ALBERTO SANDOVAL que  puede optar a las fórmulas alternativas de cumplimiento de pena a partir de las siguientes fechas: DESTACAMENTO DE TRABAJO: Al cumplir ¼ parte de la pena (3 años) es decir a partir del día 18/02/2009; REGIMEN ABIERTO;  al  cumplir  1/3 parte de la pena (4 años) es decir a partir del día 18/02/2010, así mismo le corresponde LIBERTAD  CONDICIONAL,  al  cumplir  2/3  partes de la pena (8 años) es decir a partir del día 18/02/2014;  CONFINAMIENTO  al  cumplir  ¾  partes  de  la  pena (9 años) es decir a partir del día 18/02/2015.  Remítase copia certificada de la presente resolución al penado, al Director del Centro Penitenciario de Tocorón y Notifíquese al Fiscal Décimo Primero del Ministerio Público y a su  Defensa Pública Tercera Penitenciaria. Cúmplase.
 
 JUEZA DE EJECUCIÓN N° 01
 ABG. JENNY ANDALUZ AFFIGNE
 
 LA SECRETARIA
 ABG. ROSANA CERESA
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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