REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN



REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución de San Felipe
San Felipe, 4 de Agosto de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2006-002358
ASUNTO : UP01-P-2006-00235

l REDENCION DE LA PENA Y ACTUALIZACION DE COMPUTOS
Revisadas las actas que conforman el presente asunto, en el cual figura como penado el ciudadano PEDRO ALEXANDER SIVIRA ALCINA titular de la cedula de identidad N°V-19454746 quien fue condenado ala pena de(08) años de presidio por la comisión del delito de ASALTO A TRASPORTE DE CARGA, previsto y sancionado en el articulo 357 del código penal por lo cual Conforme al lo dispuesto en el articulo 482 del código orgánico procesal penal, este tribunal procede a actualizar el computo de la pena en los Siguientes términos PRIMERO EL PENADO de acuerdo ala revisión exhaustiva de las actas que conforman el Dossier se evidencia que el penado fue detenido el 14-08-2006 hasta la presente fecha 31-07-08 cumpliendo un tiempo de detención física de un 1 año diez 10 meses y dieciocho 18 días al tiempo de esta actualización igualmente se constata que en el dossier se encuentra inserta acta de redención de los cuales se evidencia que el penado ha laborado como mantenimiento desde el 17-10-06 al 02-07-2008 y ha fungido como monitor deportivo en la especialidad de baloncesto desde el 19-08-2007 al 26-06-2008 de la cual resulta un tiempo de dos 2 años seis 6 meses y veintidós quien fue condenado ala pena de(08) años de presidio por la comisión del delito de ASALTO A TRASPORTE DE CARGA, previsto y sancionado en el articulo 357 del código penal
DECISIÓN
con fundamento en las anteriores consideraciones este tribunal de ejecución N 2 del circuito judicial penal del ESTADO YARACUY ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY REDIME LA PENA POR EL TRABAJO Y EL ESTUDIO A PEDRO ALEXANDER SIVIRA ALCINA EN UN AÑO TRES 3 MESES Y ONCE 11 (11) DIAS Notifíquese la presente decisión al penado, a la Fiscalia 11 del Ministerio Público y a ala consultoria jurídica del internado judicial del estado Yaracuy
CUMPLASE
JUEZ DE EJECUCION SECRETARIA
LUIS VALDIVIESO ABG